25/08/2023
Convocatoria de subvenciones para la contratación por cuenta ajena de jóvenes menores de 30 años
Orden de 9 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, y si procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR353C).
Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2023 de subvenciones para la contratación por cuenta ajena, que realicen las empresas y personas empleadoras, para facilitar a jóvenes y jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo un período de práctica profesional acompañada de un proceso de formación para el empleo.
Personas empleadoras y empresas beneficiarias: Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y #sociedad civiles que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarias los centros especiales de empleo, y las empresas de inserción laboral que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.
Gastos subvencionables: Serán subvencionables al amparo de este programa las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de: – Contratos para la obtención de la práctica profesional. – Contratos de formación en alternancia. Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa. El período durante lo que se tienen que producir los contratos formativos para que sean subvencionables comprende desde lo 16 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023.
Cuantía de los incentivos La cuantía máxima de la subvención que se concederá con carácter general será de:
a) Incentivo a la contratación, por cada persona chica con contrato formativo de 12 meses a jornada completa: – En los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €. – En los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €. – En los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.
b) Incentivo a la formación, por cada persona chica contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas, con una duración mínima de 60 horas: – 2.000 € para formación presencial. – 1.000 € para teleformación.
b) Incentivo a la formación, por cada persona chica contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas, con una duración mínima de 60 horas: – 2.000 € para formación presencial. – 1.000 € para teleformación.
Presentación de solicitudes y plazo:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente al de su publicación y finalizará el 2 de octubre de 2023.