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02/10/2024

Taller de Uso de APPS Móviles para mayores de 55 años

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios organiza de nuevo un programa de aprendizaje en nuevas tecnologías para personas mayores.

Expertclick, ofrece formación en nuevas tecnologías a mayores de 55 años, acercándoles las herramientas necesarias que les permitan aprovechar las ventajas que ofrecen las nuevas tecnologías con el fin de aumentar su calidad de vida.

En estos cursos , las personas participantes aprenden a navegar con seguridad y confianza por Internet , hacer gestiones de banca online, pedir una cita médica, comprar online o aprovechar su tiempo de ocio en la red.

Este programa les ayuda a aumentar su independencia y autonomía personal.

Fecha: 17 y 24 de octubre de 2024

Horario: De 18:00 a 20:00 h

Lugar: Centro Empresarial Transfronteirizo de Barbadás

Inscripciones :  por teléfono 988 360 413 o enviando un correo electrónico a cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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30/09/2024

Cursos de Operador/a de plataforma elevadora y de Operador/a de carretilla elevadora

La  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, organiza dos cursos para facilitar el acceso al mercado laboral de las personas participantes.

En estos  cursos el alumnado recibirá formación teórico-práctica.

CURSO DE OPERADOR/A DE PLATAFORMA ELEVADORA (25 horas)

Fechas: Del 14  al 18 de octubre

Horario: De 15:30 a 20:30h

Lugar: CET Barbadás

CURSO DE OPERADOR/A DE CARRETILLA ELEVADORA ( 20 horas)

Fechas: Del 21 al 25 de octubre

Horario: De 16:00 a 20:00h

Lugar: CET Barbadás

Inscripciones:

988 360 413

cet@barbadas.es

Plazas limitadas

Preferencia para personas empadronadas en Barbadás

Cursos, Promoción económica

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27/08/2024

Ayudas programa EMEGA para el fomento del emprendimiento femenino

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de  Política Social e Igualdad del 13 de agosto de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento SI429A).

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes, siempre que cumplan todas las condiciones y requisitos comunes y los específicos de la correspondiente línea o tipo de ayuda previstos en las bases reguladoras.

Debe tratarse de empresas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes, entidades sin personalidad jurídica o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales, las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades profesionales.

 Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto apoyar y fomentar el emprendimiento femenino en Galicia y la creación de empleo, por cuenta propia y por cuenta ajena, para mujeres.

El programa Emega comprende las siguientes líneas y ayuda complementaria:

a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, consolidación y mejora de empresas para paliar una situación económica adversa y alcanzar el necesario equilibrio empresarial para asegurar su pervivencia y consolidación en el actual contexto económico.

c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica.

d) Ayuda complementaria Concilia: con el objeto de promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.

Importe

La cuantía de las ayudas se establece en función de la línea solicitada y del número de puestos de trabajo generados o mantenidos para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:

a) Línea Emprende: incentivos desde 10.000 € hasta 22.000 €.

b) Línea Activa: incentivos desde 8.000 € hasta 17.000 €.

c) Línea ITEF: incentivos desde 18.000 € hasta 42.000 €.

d) Ayuda complementaria concilia:

• Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 €.

• Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 € a 5.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día 28 de agosto de 2024.

Fecha Adjuntos
27/08/2024 Ayudas EMEGA PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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13/08/2024

Inscripciones VII Concurso Barbadás a Bocados-Pinchos 2024

La Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Barbadás pone en marcha el VII Concurso “Barbadás a Bocados”- Pinchos 2024, que se celebrará los días 13 y 14 de septiembre de 2024.

Desde el día14 de agosto y hasta el 19 de agosto ambos incluidos estará abierto el plazo de inscripción para   todos los establecimientos de hostelería que quieran participar.

Solo hay que cubrir la ficha de inscripción y entregarla en el Registro del Ayuntamiento  en las Oficinas municipales de A Valenzá, o en la sede electrónica  https://barbadas.sedelectronica.gal

Para más información o consulta de dudas, contactar con el Centro Empresarial Transfronterizo (CET). Teléfono: 988360413 .Dirección electrónica:  cet@barbadas.es

Fecha Adjuntos
13/08/2024 Ficha inscrición VII Concurso de pinchos Barbadás a Bocados 2024 PDF [446 KB]
13/08/2024 Bases reguladoras do Concurso de Pinchos Barbadás a Bocados 2024 PDF [267 KB]

Comercio, Eventos

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13/08/2024

Subvenciones Programa de Comercio circular

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración de 30 de julio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones del Programa de comercio circular y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento CO300D)

Beneficiarias/os

1. Podrán ser beneficiarias/os de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases y siempre que en las personas solicitantes no concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia:

1.1. Programa Eco-pack.

1.1.1. Comerciantes minoristas con tienda física:

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.

b) Que tengan la condición de pyme de hasta 50 personas trabajadoras con arreglo a lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE núm. 187, de 26 de junio), incluidas las personas en situación de autoempleo.

c) Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.

En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras no subvencionables, la persona solicitante deberá acreditar mediante declaración responsable que la actividad comercial subvencionable es la principal.

1.1.2. Talleres artesanos:

Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.

1.1.3. Asociaciones de comerciantes:

Que reúnan los requisitos para tener la condición de centro comercial abierto, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 8 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro para la dinamización de los centros comerciales abiertos de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento CO300A) (DOG núm. 100, de 24.5.2024).

En todo caso, las asociaciones de comerciantes deberán tener una antigüedad mínima de tres años en la fecha de publicación de esta orden y encontrarse al corriente en la obligación de aprobación de las cuentas anuales por la junta directiva en los dos últimos ejercicios previos a esta orden de convocatoria.

1.2. Programa Avanza textil.

Pymes y personas autónomas del sector textil (diseño, producción y venta de prendas de vestir, calzado y complementos).

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.

Que tengan la condición de pyme de hasta 10 personas trabajadoras, en los términos previstos en el apartado 1.1.1.b) de este artículo, incluidas las personas en situación de autoempleo.

c) Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.

1.3. Programa Re-circular.

Pymes y personas autónomas del sector textil (diseño, producción y venta de prendas de vestir, calzado y complementos).

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.

b) Que tengan la condición de pyme de hasta 20 personas trabajadoras, en los términos previstos en el apartado 1.1.1.b) de este artículo, incluidas las personas en situación de autoempleo.

c) Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.

Objeto

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la transformación sostenible del sector comercial gallego a través del impulso de actuaciones de comercio sostenible y circular.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes, contado a partir del día 14 de agosto de 2024

Fecha Adjuntos
13/08/2024 Subvenciones Programa de comercio circular PDF [1.003 KB]

Comercio, Noticias

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16/07/2024

ÚLTIMAS PLAZAS Curso de Aplicador/a de productos fitosanitarios

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, organiza un Curso de  Aplicador/a de productos fitosanitarios.

Esta formación está orientada a proporcionar a las personas participantes conocimientos especializados para la correcta y eficiente utilización de los productos fitosanitarios, de manera que se eviten residuos y contaminación del medioambiente.

Las personas participantes obtendrán el carné profesional de Aplicador/a de productos fitosanitarios de nivel básico.

Fechas de inscripción: Del 1 al 19 de julio

988 360 413

cet@barbadas.es

Lugar: El curso se impartirá entre agosto y septiembre de 2024 en las instalaciones del CET de Barbadás.

Cursos, Promoción económica

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18/06/2024

Taller de juegos populares

Dentro de las actividades organizadas en el Museo da Gaita de Barbadás , se va a  realizar  una jornada de juegos populares, dirigida a niños y niñas de entre 6 y 12 años.

Fecha: Viernes 5 de julio

Horario: De 17:00  a 20:00 h

Lugar: Museo da Gaita

Inscripciones

Por e-mail: museodagaita@barbadas.gal

Por teléfono: 988 360 413

Eventos

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07/06/2024

Ayudas Bono relevo para el fomento del relevo generacional de negocios

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2024 las ayudas del Bono relevo para el fomento del relevo generacional de negocios (código de procedimiento TR353D).

Personas beneficiarias y requisitos

1. Podrán ser beneficiarias del Bono relevo las personas trabajadoras autónomas, las personas profesionales que estén dadas de alta en el RETA, así como las personas mutualistas, y las sociedades de cualquier clase, incluidas las unipersonales y comunidades de bienes, con domicilio fiscal en Galicia en la fecha de la solicitud, según el alta en el impuesto de actividades económicas o en el censo de obligados tributarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, modelos 036 o 037, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a) El negocio objeto de relevo debe tener el domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia y un mínimo de antigüedad de 5 años.

b) Que no hayan transcurrido más de 12 meses entre la publicación de esta orden y la baja en el RETA y en el IAE de la persona titular del negocio, y que se trate de la misma actividad del negocio que se releve y se desarrolle en el mismo local, si la actividad requiere la existencia del mismo. A estos efectos, se entiende por misma actividad la que coincida por lo menos a nivel de 2 dígitos de la Clasificación nacional de actividades económicas (CNAE) o con una actividad equivalente.

c) Que el negocio o actividad objeto de relevo esté inscrito en la Bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo de la Xunta de Galicia. (Podrá inscribirse de manera presencial en cualquiera de los 12 polos activos en la Comunidad Autónoma de Galicia o a través de la página web: https://polosemprendemento.gal/relevo-de-negocios). Se exceptúan de este requisito los negocios que hayan sido objeto de relevo antes de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

d) Que la transmisión se materialice mediante contrato de traspaso o venta del negocio o actividad, elevado a escritura pública, en el que necesariamente deberá constar el precio total y la indicación expresa del relevo como objeto de dicho contrato; a los efectos de la concesión de ayudas, será suficiente con un acuerdo de transmisión firmado entre las partes implicadas en el que figure igualmente el precio total y el objeto de dicho acuerdo.

En el caso de transmisión a personas autónomas societarias, se detallará el porcentaje de acciones o participaciones de la sociedad que la persona o sociedad adquiriente pasa a poseer, que, necesariamente, deberá ser superior al 50 % para obtener la condición de beneficiaria.

El contrato contendrá una descripción detallada de los elementos que forman parte del traspaso.

e) Que se realice el cambio de titularidad de la licencia de apertura y/o actividad en el ayuntamiento correspondiente o, en su caso, la comunicación previa del inicio de la actividad o de la apertura del establecimiento, en los casos en que así lo requiera la legislación vigente.

f) Que las personas beneficiarias deberán tener capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de esta ayuda.

2. El relevo que se subvenciona en esta orden tiene que estar motivado por la proximidad de la edad de jubilación de la persona titular del negocio o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o la muerte; por lo tanto, en la persona que traspasa el negocio se tiene que dar alguna de las siguientes circunstancias:

a) Tener una edad próxima la jubilación (62 años o más).

b) Ser declarada en situación de incapacidad total o absoluta o gran invalidez reconocida por los órganos competentes de la Seguridad Social.

c) Ser herederas de la/s persona/s titulares del negocio, en el caso de fallecimiento de estas.

Objeto

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2024, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, las ayudas del Bono relevo para el fomento del traspaso de negocios por relevo generacional (código de procedimiento TR353D).

La finalidad de esta orden es evitar el cierre de negocios por falta de relevo generacional, al tiempo que se facilita que las personas interesadas en emprender tengan la posibilidad de recoger el testigo de un negocio ya viable económicamente.

Los negocios objeto de relevo deberán tener el domicilio social y fiscal y/o el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia y estar inscritos en la Bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo. Se exceptúa del requisito de inscripción en la Bolsa de relevo los negocios que hayan sido objeto de relevo antes de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

El relevo, para ser subvencionable, deberá estar motivado por la jubilación o por la proximidad de la edad de jubilación de la persona titular del negocio; también puede estar motivado por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o la muerte.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día 7 de junio y finaliza el 30 de octubre de 2024.

Fecha Adjuntos
07/06/2024 Bono relevo generacional PDF [1 MB]

Comercio, Noticias

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24/05/2024

Escape Room “A Gaita Máxica”

Dentro de las actividades organizadas en el  Museo da Gaita de Barbadás , se va a  realizar  un Escape Room “A gaita máxica”, dirigido a niños y niñas de entre 5 y 16 años.

Fecha: Miércoles 12 de junio

Horario: De 18:00  a 19:30h

Lugar: Museo da Gaita

Inscripciones

Por e-mail: museodagaita@barbadas.gal

Por teléfono: 988 360 413

Eventos, Turismo

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14/05/2024

Taller de instrumentos musicales con material de reciclaje

Dentro de las actividades organizadas en el  Museo da Gaita de Barbadás , se va a  realizar  un Taller de instrumentos musicales con material de reciclaje, dirigido a niños y niñas de entre 5 y 16 años.

Fecha: Miércoles 5 de junio

Horario: De 17:00  a 20:00h

Lugar: Museo da Gaita

Inscripciones

Por e-mail: museodagaita@barbadas.gal

Por teléfono: 988 360 413

Eventos, Turismo

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14/05/2024

Formación en nuevas tecnologías para mayores de 55 años

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios organiza de nuevo un programa de aprendizaje en nuevas tecnologías para personas mayores.

Expertclick, ofrece formación en nuevas tecnologías a mayores de 55 años.

En estos cursos , las personas participantes aprenden a navegar con seguridad y confianza por Internet , hacer gestiones de banca online, pedir una cita médica, comprar online o aprovechar su tiempo de ocio en la red.

Este programa les ayuda a aumentar su independencia y autonomía personal.

Fecha: 3 y 5 de junio de 2024

Horario: De 17:00 a 19:00 h

Lugar: Local Social AAVV Barbadás- Rúa dos Fornos

Inscripciones :  por teléfono 988 360 413 o enviando un correo electrónico a cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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29/04/2024

Curso de operador/a de carretilla elevadora

La  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, organiza un Curso de  operador/a de carretilla elevadora.

En este curso las personas participantes recibirán clases teórico – prácticas para facilitar el acceso al mercado laboral y obtener el carné de operador/a de carretilla elevadora en base a la NORMA UNE 58451

Fechas: Del 20  al 24 de mayo

Horario: De 16:00 a 20:00h

Lugar: CET Barbadás

Inscripciones:

988 360 413

cet@barbadas.es

Plazas limitadas

Preferencia para personas empadronadas en Barbadás

Cursos, Promoción económica

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23/04/2024

Taller de elaboración de un Maio

Dentro de la programación del Museo da Gaita de Barbadás , con motivo de la celebración de la Fiesta de los Maios, se va a  realizar un taller para elaborar un Maio.

Este taller está dirigido a público infantil de edades comprendidas entre los 6 y los 12 años.

Fecha: Sábado 4 de mayo

Horario: De 17:00 a 20:00 h

Lugar: Museo da Gaita

Inscripciones:

Por teléfono: 988 360 413

Por mail: museodagaita@barbadas.gal

Eventos, Turismo

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13/05/2024

Formación en nuevas tecnologías para mayores de 55 años

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios organiza de nuevo un programa de aprendizaje en nuevas tecnologías para personas mayores.

Expertclick, ofrece formación en nuevas tecnologías a mayores de 55 años.

En estos cursos , las personas participantes aprenden a navegar con seguridad y confianza por Internet , hacer gestiones de banca online, pedir una cita médica, comprar online o aprovechar su tiempo de ocio en la red.

Este programa les ayuda a aumentar su independencia y autonomía personal.

Fecha: 11 y 13 de junio de 2024

Horario: De 17:00 a 19:00 h

Lugar: Local Social de Loiro – Antigua Escuela

Inscripciones :  por teléfono 988 360 413 o enviando un correo electrónico a cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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15/04/2024

Programa Bonos Activa Comercio

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Economía, Industria e Innovación de 5 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, se convocan para el año 2024 y se abre el plazo para la adhesión de los comercios (código de procedimiento CO301B)

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Objeto

El objeto es la concesión de ayudas del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.

Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan 2.500.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 09.04.751A.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024.

Fecha de activación de los bonos

Los bonos estarán disponibles para su descarga por las personas usuarias desde el 26 de abril hasta el 15 de septiembre de 2024, excepto en el caso de que el importe total de los descuentos efectivamente realizados en compraventas alcance los 2.500.000,00 €.

Mediante orden de la Consellería de Economía, Industria e Innovación se podrá modificar dicha fecha si razones organizativas o de otra índole así lo aconsejasen, de lo que se dará la oportuna publicidad.

Fecha Adjuntos
15/04/2024 Programa Bonos Activa Comercio PDF [493 KB]

Comercio, Noticias

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08/04/2024

Curso de Agricultura ecológica

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, organiza un Curso de agricultura ecológica

En este curso las personas participantes adquirirán conocimientos básicos sobre manejo del suelo, operaciones de cultivo y recolección para convertir las explotaciones actuales en producciones ecológicas.

Datas: Del 6  al 10 de mayo

Horario: De 16:00 a 19:00h

Lugar: CET Barbadás

Inscripciones:

988 360 413

cet@barbadas.es

Plazas limitadas

Cursos, Promoción económica

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04/03/2024

Actividades formativas Abril 2024

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación organiza durante el mes de abril un conjunto de actividades formativas.

  • CURSO DE MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS

Las personas participantes van a conocer las nociones básicas de higiene y manipulación de alimentos.

Fecha: 4 de abril

Horario: De 16:00 a 20:00 h

Lugar: CET Barbadás

  • CURSO DE CUIDADOS DE PERSONAS DEPENDIENTES

El alumnado adquirirá los conocimientos básicos sobre las técnicas para realizar los cuidados diarios de personas dependientes y primeros auxilios

Fecha: Del 15 al 19 de abril

Horario: De 16:00 a 20:00 h

Lugar: CET Barbadás

  • CURSOS DE COCINA 

Las personas que realicen estos cursos aprenderán las principales técnicas culinarias, aplicando la creatividad en la preparación y presentación de los platos y priorizando el uso de los productos típicos de los huertos de la zona.

Van impartirse 2 ediciones

EDICIÓN FONVAL

Fechas: 2,9,16,23 E 30 de abril

Horario: De 17:00 a 20:00 h

Lugar: Local Fonval ( A Valenzá)

EDICIÓN LOIRO

Fechas: 5,12,19 e 26 de abril

Horario: De 16:00 a 20:00 h

Lugar: Local Social Loiro

Inscripciones  para todos los cursos:

988 360 413

cet@barbadas.es

TODOS LOS CURSOS TIENEN PLAZAS LIMITADAS

Cursos, Promoción económica

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01/03/2024

Formación en nuevas tecnologías para mayores de 55 años

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios organiza de nuevo un programa de aprendizaje en nuevas tecnologías para personas mayores.

Expertclick, ofrece formación en nuevas tecnologías a mayores de 55 años.

En estos cursos , las personas participantes aprenden a navegar con seguridad y confianza por Internet , hacer gestiones de banca online, pedir una cita médica, comprar online o aprovechar su tiempo de ocio en la red.

Este programa les ayuda a aumentar su independencia y autonomía personal.

Fecha: 18 y 20 de marzo de 2024

Horario: De 17:00 a 19:00 h

Lugar: Edificio multiusos municipal SOBRADO DO BISPO (Calle Xisterna nº 6)

Inscripciones :  por teléfono 988 360 413 o enviando un correo electrónico a cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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05/02/2024

Taller Iniciatic Herramientas de Gestión y Comunicación

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación organiza en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios un programa de aprendizaje en transformación digital

Este taller se pone en marcha para impulsar la transformación digital para PYMES, personas emprendedoras y personas autónomas.

En los cursos se enseñan herramientas y servicios de ecommerce, administración electrónica, comunicación y gestión, márketing digital, Big Data y ciberseguridad.

Fechas: 26, 27 y  28 de febrero de 2024

Horario: De 20:00 a 21:30 h

Lugar: Instalaciones municipales  de A Solaina

Inscripciones :

988 360 413

cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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05/02/2024

Subvenciones para emprendimiento Xunta de Galicia

El Diario Oficial de Galicia publica la convocatoria de varias subvenciones para emprendimiento:

-Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas emigrantes gallegas retornadas, y se procede a su convocatoria en el año 2024 (código de procedimiento PR937A)

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:

1. Las personas gallegas y nacidas en Galicia.

2. Los/las cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los/las descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia.

Objeto

Esta resolución tiene por objeto establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas emigrantes gallegas retornadas que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia (código de procedimiento PR937A).

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 3 de febrero de 2024 y finalizará el 30 de septiembre de 2024.

-Orden de 16 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A)

Personas, entidades beneficiarias y requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas, mutualistas y las pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014, y las sociedades cooperativas y laborales, así como las empresas de inserción y los centros especiales de empleo, previstos en el artículo 6 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia, que cumplan los dos requisitos siguientes: que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y que hayan iniciado su actividad económica desde el 1 de enero de 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.

2. Las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en Galicia.

b) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.

d) Haberse constituido o dado de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y haber iniciado su actividad económica en el período que transcurre entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud.

e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

f) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

h) En el caso de las personas mutualistas, específicamente deberán presentar, además de la documentación a que se refiere el artículo 11, certificado del colegio profesional de alta en dicho colegio, con indicación de si presupone o no ejercicio de actividad, y certificado de la mutualidad del colegio profesional con indicación de los períodos de alta en dicha mutualidad, en su caso.

3. No podrán ser beneficiarias de esta subvención aquellas iniciativas de emprendimiento que hayan obtenido resolución favorable al amparo de la Orden de 29 de septiembre de 2022 (DOG núm. 187, de 30.9.2022) y de la Orden de 28 de junio de 2023 (DOG núm. 127, de 5.7.2023).

Objeto

1. Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de subvenciones de apoyo al emprendimiento para las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, incluyendo cooperativas y sociedades laborales, que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y que hayan iniciado su actividad económica desde el 1 de enero de 2022 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y proceder a su convocatoria para la anualidad 2024 (código de procedimiento TR880A).

La finalidad es facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica y su competitividad y, en definitiva, mantener empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada y pagada entre el 30 de septiembre de 2023 y la fecha de la presentación de la solicitud.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a computarse el 12 de febrero de 2024 y estará abierto hasta el 28 de junio de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fecha Adjuntos
05/02/2024 Subvenciones para promover autoempleo para personas emigrantes gallegas retornadas PDF [949 KB]
05/02/2024 Subvenciones para iniciatiavas de emprendimiento PDF [802 KB]

Noticias, Promoción económica

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02/02/2024

Curso de Manipulación de alimentos

Dentro de las actividades formativas que se organizan desde la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se va impartir una edición del curso de Manipulación de alimentos.

En este curso las personas participantes van a conocer las nociones básicas de higiene y  manipulación de alimentos.

Fecha: 22 de febrero

Horario: De 16:00 a 20:00h

Lugar: CET Barbadás

Inscripciones:

988 360 413

cet@barbadas.es

 

Cursos, Promoción económica

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01/02/2024

Subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de 29 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social (programa Aprol-Economía social) y se convocan para el año 2024 (códigos de procedimiento TR802G y TR802J).

Entidades beneficiarias

Las cooperativas y sociedades laborales, para el programa I, y las personas desempleadas, socias o trabajadoras de cooperativas o sociedades laborales o de otras empresas que se transformen en estas, para el programa II.

Objeto y finalidad

Fomentar la incorporación de personas desempleadas y personas trabajadoras temporales a cooperativas y sociedades laborales a través de los siguientes programas:

Programa I: dirigido a fomentar la incorporación, como personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales, de personas desempleadas, personas trabajadoras con carácter temporal y de personas socias a prueba.

Programa II: dirigido a fomentar el acceso a la condición de personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas o de sociedades laborales, así como el fomento del acceso de personas emprendedoras por cuenta propia a la condición de socias de cooperativas, a través de la financiación de las aportaciones económicas al capital social.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 2 de febrero de 2024 y finalizará el 16 de septiembre de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fecha Adjuntos
01/02/2024 Subvenciones del emprendimiento en economía social PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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31/01/2024

Curso de Informática Básica

Se impartirá del 19 de febrero al 1 de marzo Horario: De 10:00 a 12:00 h

Dentro de las actividades formativas que se organizan desde la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación,  en este primer semestre del año 2024 se va impartir un curso de Informática básica.

En este curso las personas participantes van  adquirir destrezas y conocimientos para poder desenvolverse con un equipo informático: hardware, sistema operativo, aplicación de tratamiento de textos, internet, correo electrónico

Fechas: Del 19 de febrero al 1 de marzo

Horario: De 10:00  a 12:00h

Lugar: Instalaciones Municipales de A Solaina

Inscripciones:

988 360 413

cet@barbadas.es

Plazas limitadas

 

Cursos, Promoción económica

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24/01/2024

Mascaradas Ancestrais – Museo da Gaita

Con motivo de la celebración del Carnaval, en el  Museo da Gaita se organizan varias actividades. Una de ellas serán las MASCARADAS ANCESTRAIS el sábado corredoiro.

El sábado 3 de febrero  a partir de las 17:00 h, recorrerán las calles de Barbadás las Señoritas y Labardeiros de Mugares (Toén) acompañadas del Folión Os Trebóns.

Terminarán en el Museo da Gaita y una vez allí se hará una pequeña explicación de los trajes tradicionales del carnaval de Mugares.

Seguirá la fiesta  en el Museo con la actuación de varios grupos de música tradicional :

-Las Lambisqueiras de Barbadás

-Os Lubicans

Venid a disfrutar con nosotros del carnaval tradicional.

Eventos, Turismo

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24/01/2024

Convocatoria de subvenciones Xunta de Galicia

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de 2 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras, que regirán las ayudas para la conciliación de la persona trabajadora autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR341R).

Personas y entidades beneficiarias

Estas bases establecen los criterios y requisitos para la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que contraten a una persona trabajadora, bien sea para apoyo en el negocio durante su período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento o la transformen en indefinida posteriormente, bien sea para apoyo en el cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependencia, según lo dispuesto en esta orden. Al mismo tiempo, se subvencionará una parte del coste de los centros y/o servicios para el cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependencia.

Las ayudas irán dirigidas a la contratación de una persona trabajadora para el relevo de la persona autónoma en su negocio en los casos de maternidad o paternidad, una vez iniciado su período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento; también se apoya la contratación de una persona trabajadora para el relevo de la trabajadora autónoma en el caso de baja por riesgo durante el embarazo o la lactancia.

Igualmente, se incentivan los contratos indefinidos realizados con una persona trabajadora para apoyar a la persona autónoma en el cuidado de menores y/o mayores y/o personas con discapacidad o dependencia (grados I, II y III) a su cargo, independientemente de que hayan existido o no situaciones de maternidad o paternidad o asimiladas, (Bono autónomo Concilia II).

También se apoyarán los gastos de los servicios de cuidado de menores y/o mayores y/o personas con discapacidad o dependencia (grados I, II y III) a cargo de la persona autónoma (Bono autónomo Concilia III).

Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de las ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia. (Código de procedimiento TR341R).

Mediante las ayudas reguladas en esta orden se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia obtenga una compensación para la contratación de una persona durante un período máximo de un año, para favorecer la conciliación de su vida personal y laboral y facilitar la continuidad y consolidación de su proyecto empresarial.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables se presentarán desde el día 25 de enero de 2024 hasta el 29 de septiembre de 2024.

Fecha Adjuntos
24/01/2024 Ayudas conciliación personas trabajadoras autónomas PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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22/01/2024

Convocatoria de Subvenciones Xunta de Galicia

El Diario Oficial de Galicia publica la convocatoria de varias líneas de subvenciones:

– Programa del bono de las personas autónomas y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR341Q).

-Programa Nueva oportunidad de las personas trabajadoras autónomas, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR790A).

-Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de Bonos de innovación para pequeñas y medianas empresas cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento IN848F).

-Apoyo al acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas, instrumentadas mediante convenio con las sociedades de garantía recíproca y las entidades de crédito adheridas (financiación Igape-pymes), y se procede a su convocatoria para el año 2024, en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG535A).

Fecha Adjuntos
22/01/2024 Programa Bono personas autónomas PDF [357 KB]
22/01/2024 Programa Nueva oportunidad de personas trabajadoras autónomas PDF [368 KB]
22/01/2024 Bonos de innovación para pequeñas y medianas empresas PDF [381 KB]
22/01/2024 Ayudas crédito pequeñas y medianas empresas PDF [369 KB]

Noticias, Promoción económica

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19/01/2024

Talleres de carnaval – Museo da Gaita

Dentro de la programación del Museo da Gaita de Barbadás para el Carnaval 2024, se van organizar dos talleres.

Taller de MECOS:

Sábado 27 de enero . De 17:00 h a 20:00 h en el Museo da Gaita

Dirigido a familias.

Cada persona participante deberá traer  material para hacer el meco; se trata de hacer uso de las cosas que tenemos en casa y reciclarlas.

Taller de GORROS DE LABARDEIROS:

Viernes 2 de febrero. De 17:00 h a 20:00 h en el Museo de la Gaita

Dirigido a niños y niñas.

Para este taller cada participante traerá su material

Para cada taller las plazas son limitadas.

Inscripciones en el 988 360 413 o en  museodagaita@barbadas.gal

Eventos, Turismo

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19/01/2024

Convocatoria Subvenciones Xunta de Galicia

El Diario Oficial de Galicia publica la convocatoria de dos subvenciones:

1-Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR342C)

Entidades beneficiarias

Podrán ser personas o entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.

Objeto

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2024, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia las ayudas establecidas por la Consellería de Promoción de Empleo e Igualdad que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria (y entidades sin ánimo de lucro), especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral, con la finalidad de seguir paliando los perjuicios económicos sobre el mercado de trabajo, derivados de los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19 y agravados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

La orden regula el Plan Galicia emplea (código de procedimiento TR342C) de incentivos a la contratación por cuenta ajena y a la formación de los colectivos vulnerables recogidos en el artículo 25.1.a), a través de dos líneas de ayudas:

1. La línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena que incluye cuatro modalidades de ayudas:

a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.

c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fixo-discontinuos a un mínimo de 9 meses.

d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

2. La línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo, de carácter opcional, dirigida a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial por medio de esta orden.

 Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan diecisiete millones cuatrocientos cincuenta mil euros (17.500.000 €) distribuídos del siguiente modo:

– Personas jóvenes: 3.000.000 €.

– Personas paradas de larga duración y/o personas de 55 o más años: 2.000.000 €.

– Personas emigrantes retornadas y extranjeras: 2.000.000 €.

– Mujeres: 7.000.000 €.

– Personas con discapacidad y/o en riesgo o situación de exclusión social: 3.000.000 €.

– Para todos los colectivos anteriores, en caso de que la entidad beneficiaria sea una entidad sin ánimo de lucro: 500.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día 26 de enero de 2024 y finalizará el 29 de septiembre de 2024.

2-Subvenciones a proyectos turísticos para el fomento del turismo enogastronómico, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual (código de procedimiento TU503I)

Personas beneficiarias

1. Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las personas físicas y jurídicas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración, que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y que tengan inscrito y autorizado o clasificado, conforme establezca la normativa turística, en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT), el establecimiento turístico para el cual se solicita la ayuda, con base en los artículos 50 y 51 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

En concreto, son actuaciones subvencionables las que se realicen en cualquiera de los siguientes tipos de establecimientos turísticos:

a) Los establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas y albergues turísticos, de acuerdo con el artículo 55.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre.

b) Las empresas de restauración (restaurantes, cafeterías y bares) que se enmarquen dentro del artículo 77 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre.

2. Para el caso de la línea 1.1, podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas titulares de bodegas vinculadas a establecimientos turísticos. Las bodegas beneficiarias de la subvención deberán inscribirse como recursos turísticos en el REAT antes de la finalización del período de justificación.

Los datos que figuran en el REAT relativos al establecimiento, a su titularidad y a la representación tienen que coincidir con los datos aportados por la persona solicitante de la subvención.

En caso de que el representante legal no sea el mismo que el que figura en el REAT, deberá acreditarse esta condición con la presentación de la solicitud.

3. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (en adelante, pymes) y grandes empresas que proyecten llevar a cabo un proyecto localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable al amparo de lo regulado en las presentes bases. A estos efectos, las personas solicitantes deberán acreditar la categoría de la empresa de que se trate, pequeña, mediana o grande, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

4. A efectos de las presentes bases, se considerarán pymes las empresas que respondan a la definición de pyme establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.

5. No podrán obtener la condición de beneficiarias:

a) Las personas o entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable de la persona o entidad solicitante.

b) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, de acuerdo con la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014, y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014). La acreditación de este requisito se realizará mediante declaración responsable de la entidad solicitante, sin menoscabo de las acciones de comprobación que pueda realizar a estos efectos la Agencia de Turismo de Galicia.

c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiese sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que les viniesen atribuidas en la concesión.

d)En caso de que la subvención supere los 30.000 euros y la entidad solicitante esté incluida en el ámbito de aplicación subjetivo de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, y cumpla los requisitos establecidos en el artículo 258 del Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades de capital, a efectos de presentación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la mencionada ley.

e) Aquellas entidades que hubiesen sido sancionadas con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia de turismo por la Agencia de Turismo de Galicia en los últimos dos (2) años.

6. Deberá acreditarse, por cualquier título válido en derecho, la propiedad de los inmuebles o fincas objeto de la actuación o cualquier otro derecho que autorice a la persona beneficiaria para la realización de la inversión subvencionada y que permita, igualmente, la explotación del establecimiento a lo largo de todo el plazo de duración de la obligación de mantener la actividad prevista en el artículo 23 de estas bases.

7. Los requisitos para ser persona beneficiaria deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

8. Una vez dictada la resolución de concesión, los cambios en la persona beneficiaria de la subvención, por cambio en la titularidad del establecimiento, tendrán que ser previamente autorizados por la Administración concedente y darán lugar a la modificación de la resolución de concesión en los términos previstos en el artículo 35 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, subrogándose el/la nuevo/a titular en la posición jurídica de beneficiario/a de la subvención y en las obligaciones dimanantes de esta.

Objeto y régimen

1. Estas bases reguladoras tienen por objeto establecer las condiciones para la concesión de ayudas a establecimientos turísticos para actuaciones de adecuación de establecimientos enoturísticos que permitan la puesta en valor de productos vitivinícolas y gastronómicos de Galicia, la creación de experiencias enogastronómicas y la creación y ampliación de la oferta de alojamiento vinculada al sector turístico enogastronómico de Galicia (código de procedimiento TU503I), así como proceder a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual.

2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con el artículo 19.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y quedará sujeto al Reglamento (UE) nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE de 15 de diciembre).

Actuaciones subvencionables y cuantías

Se pueden diferenciar tres tipologías de proyectos subvencionables:

a) Línea 1: adecuación y embellecimiento de establecimientos enoturísticos.

Se trata de proyectos de reforma y rehabilitación de establecimientos turísticos para la puesta en valor de servicios de enoturismo, entendidos como aquellos servicios específicos de bodega y desarrollo de actividades dirigidas al conocimiento y divulgación de todo lo relacionado con el vino y la viña, su elaboración, crianza, cuidados, servicio, armonías, cata y degustación.

También se incluyen proyectos de adecuación de bodegas, vinculadas a establecimientos turísticos, que permitan ser visitadas por los/las turistas. Incluye la implantación de un proyecto nuevo o ampliación de un proyecto existente, que podrá consistir en la adecuación del centro para la recepción y atención de visitantes, adecuación del recorrido para visita, así como los espacios destinados a exposición o museo.

El establecimiento turístico objeto de la ayuda deberá estar vinculado a una bodega y/o a parte de sus viñedos, de manera que cumpla los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud de ayuda:

– Deberá contar con bodegas propias o acuerdos con bodegas donde se informe sobre el proceso de elaboración, crianza y conservación del vino. Deberá tratarse de vinos con Denominación de Origen Protegida o que cuenten con la certificación Vinos de la Tierra.

– Deberá ofrecer un servicio de visitas a la bodega y/o viñedos, dirigidas por profesionales especializados/as.

La bodega objeto de la ayuda deberá estar vinculada a un establecimiento turístico de alojamiento o restauración, de manera que cumpla los siguientes requisitos en el momento de presentación de la solicitud de ayuda:

– Deberá generar sinergias en el sector turístico, mediante el diseño de experiencias enoturísticas que involucren a distintos agentes del sector del alojamiento y de la restauración (hoteles, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas, albergues turísticos o establecimientos de restauración que se enmarquen dentro del artículo 77 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, e inscritos en el REAT). El establecimiento turístico vinculado a la bodega podrá ser de la misma titularidad o bien contar con un acuerdo para el desarrollo de la experiencia.

– El proyecto deberá incluir la puesta en valor de vinos con Denominación de Origen Protegida o que cuenten con la certificación Vinos de la Tierra.

Para la acreditación de los requisitos anteriores, deberá aportarse una memoria explicativa del proyecto enoturístico, con indicación de las actividades que se van a desarrollar, las bodegas involucradas en las actividades y el personal profesional que realiza el servicio de visita, bien sea personal propio de la entidad con experiencia acreditada, bien un/una profesional que cuente con la habilitación de guía turístico/a.

Asimismo, deberá aportarse documentación que acredite que la entidad solicitante es titular de la bodega, o bien, en caso de que la bodega tenga otra titularidad, el acuerdo firmado entre las partes con una duración de, por lo menos, tres (3) años. No será necesaria la aportación del acuerdo firmado para el caso de establecimientos turísticos y bodegas que formen parte de las Rutas del Vino de Galicia, en cuyo caso será suficiente con la aportación del certificado de adhesión.

b) Línea 2: proyectos digitales vinculados a recursos turísticos enogastronómicos.

Proyectos digitales promovidos por establecimientos turísticos de alojamiento y restauración para la puesta en valor de productos vitivinícolas y gastronómicos de Galicia que cuentan con unos requerimientos de calidad demostrada, tanto por los factores naturales en los que se desarrollan como por la elaboración humana, así como aquellos que garantizan que superaron los controles y normativas de calidad establecidos tanto en su elaboración como en la obtención de sus materias primas, creación y diseño. Incluye los productos que cuenten con Denominación de Origen Protegida de Galicia, Indicación Geográfica Protegida de Galicia, la certificación Vinos de la Tierra o que dispongan del sello de destino Galicia Calidad.

Incluye la creación de programas de desarrollo de entornos inteligentes que favorezcan experiencias de turismo enogastronómico para los/las visitantes (conectividad, uso de aplicaciones móviles, realidad aumentada, creación de entornos de realidad virtual, juegos, visitas virtuales…).

También incluye el desarrollo tecnológico aplicado al marketing turístico, la personalización, el desarrollo de contenidos audiovisuales de calidad y el uso de herramientas interactivas (photocall interactivo, cartelería interactiva…).

El proyecto digital que se desarrolle deberá acreditarse en la memoria explicativa que se aporte con la solicitud.

c) Línea 3: ampliación y mejora de la capacidad de alojamiento del entorno turístico para la puesta en valor de la enogastronomía de Galicia.

Proyectos de reforma y ampliación en establecimientos turísticos de alojamiento que impliquen la dotación de nuevas plazas de alojamiento, respecto de las inscritas en el REAT, y que estén vinculados a la puesta en marcha de experiencias enogastronómicas, tales como visitas en origen que pongan en valor el proceso de creación de la materia prima, su cuidado, recolección, procesado, elaboración del producto final, así como experiencias interactivas de cocina o showcooking, degustaciones y catas. Las experiencias deberán incluir entre sus productos principales, por lo menos, un producto que cuente con Denominación de Origen Protegida de Galicia, Indicación Geográfica Protegida de Galicia, la certificación Vinos de la Tierra o que dispongan del sello de destino Galicia Calidad.

La experiencia enogastronómica que se desarrolle deberá quedar acreditada en la memoria explicativa que se aporte con la solicitud.

La intensidad de la ayuda será hasta un 80 % del coste total subvencionable del proyecto y la inversión neta admitida será, como máximo:

– En el caso de la línea 1 (línea 1.1 y línea 1.2): hasta 250.000 €.

– En el caso de la línea 2: hasta 50.000 €.

– En el caso de la línea 3: hasta 250.000 €.

Cuarto. Bases reguladoras

Resolución de 21 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a proyectos turísticos para el fomento del turismo enogastronómico, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria por anticipado de gasto para el año 2024, con carácter plurianual (código de procedimiento TU503I).

Importe

1. Las ayudas previstas en esta convocatoria se financiarán con un crédito total de 5.500.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 04.A2.761A.770.0, proyecto 2022 00001, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2024 y 2025. El presupuesto se divide en tres líneas de actuación subvencionables: la línea 1-Adecuación y embellecimiento de establecimientos enoturísticos, con un presupuesto de 1.255.000 € para la línea 1.1 y 1.355.000 € para la línea 1.2; la línea 2-Proyectos digitales vinculados a recursos turísticos enogastronómicos, con un presupuesto de 590.000 €, y la línea 3-Creación y/o ampliación y mejora de la capacidad de alojamiento del entorno turístico para la puesta en valor de la enogastronomía de Galicia, con un presupuesto de 2.300.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Período de ejecución de las inversiones subvencionables

Los gastos subvencionables deberán estar realizados y pagados entre el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG y el 30 de septiembre de 2025.

Las personas beneficiarias de las ayudas quedan obligadas a acreditar, como fecha límite el 30 de septiembre de 2025, la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto en virtud de lo establecido en la resolución de concesión que les fue notificada.

Fecha Adjuntos
19/01/2024 Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación PDF [1 MB]
19/01/2024 Subvenciones turismo enograstronómico PDF [2 MB]

Noticias, Promoción económica

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15/01/2024

Formación en nuevas tecnologías para personas mayores de 55 años

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios organiza un programa de aprendizaje en nuevas tecnologías para personas mayores.

Expertclick, ofrece formación en nuevas tecnologías a mayores de 55 años.

En estos cursos , las personas participantes aprenden a navegar con seguridad y confianza por Internet , hacer gestiones de banca online, pedir una cita médica, comprar online o aprovechar su tiempo de ocio en la red.

Este programa les ayuda a aumentar su independencia y autonomía personal.

Fecha: 29 y 30 de enero de 2024

Horario: De 10:30 a 12:30 h

Lugar: Instalaciones municipales de la Solaina

Inscripciones :  por teléfono 988 360 413 o enviando un correo electrónico a cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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11/01/2024

Talleres de digitalización ,sostenibilidad y logística avanzada- Instituto Galego de Promoción Económica

El jueves 18  de enero, a las 10:00 h, se celebrará una sesión informativa en línea convocada por eI Instituto Galego de Promoción Económica donde se explicarán los detalles de estos espacios de encuentro entre empresas.

Reserva de plaza  https:// bit.ly/3S9uwsu

 

Eventos, Promoción económica

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11/01/2024

Bono Energía PYME

El Instituto Enerxético de Galicia ha abierto el plazo de solicitud de la nueva convocatoria del programa Bono Energía PYME. Una iniciativa dirigida a autónomos y PYMES para mejora de  las instalaciones energéticas.

Personas y entidades beneficiarias

1. Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o centro de trabajo en Galicia y cuya actividad esté incluida entre las siguientes secciones de la CNAE 2009:

Sector servicios-sección CNAE 2009

División

Sección G: comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor y motocicletas

45 a 47

Sección H: transporte y almacenamiento

49 a 53

Sección I: hostelería

55 a 56

Sección J: información y comunicaciones

58 a 63

Sección K: actividades financieras y de seguros

64 a 66

Sección L: actividades inmobiliarias

68

Sección M: actividades profesionales, científicas y técnicas

69 a 75

Sección N: actividades administrativas y servicios auxiliares

77 a 82

Sección P: educación

85

Sección Q: actividades sanitarias y de servicios sociales

86 a 88

Sección R: actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento

90 a 93

Sección S: otros servicios

94 a 96

2. Los requisitos para obtener la condición de personas beneficiarias se deberán cumplir, como muy tarde, en la fecha límite de final del plazo de presentación de solicitudes.

Objeto

Regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de mejora energética, destinadas a pymes y autónomos del sector servicios dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución (código de procedimiento IN417Z).

Cuantía de la ayuda

1. La cuantía de la subvención será del 80 % del coste elegible de la actuación.

2. Con carácter general, se establece una ayuda máxima de 6.000 euros por solicitud. La ayuda asociada al bono de asesoramiento energético no computará a los efectos de este límite, y vendrá limitada por los costes elegibles máximos establecidos en el artículo 2.

3. El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, de 100.000 euros cuando se trate de empresas de transportes de mercancía por carretera por cuenta ajena, de 40.000 euros para empresas del sector de la pesca y de la acuicultura y de 20.000 euros para empresas del sector agrícola.

4. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes (anexo I) las suscribirán directamente los interesados o persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

2. El plazo de presentación de las solicitudes comienza el 10 de enero de 2024 las 9.00 horas y finalizará el 26 de junio de ese mismo año.

3. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega. Para el acceso a la aplicación de presentación de las solicitudes será necesario el número del NIF y la contraseña determinada por las personas interesadas.

Plazo para la ejecución de la instalación

La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 2 de octubre de 2024.

Fecha Adjuntos
11/01/2024 Bono Energía PYME PDF [825 KB]

Noticias, Promoción económica

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09/01/2024

Ayudas para la promoción del empleo autónomo en Galicia

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de 28 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción del empleo autónomo en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027 y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR341D).

Personas beneficiarias

Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 30 de septiembre de 2023 y el 29 de septiembre de 2024, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación.

Objeto

La finalidad de este programa es la concesión de 2 líneas de ayuda económica la aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo y mantenimiento de su actividad laboral.

Se establecen 2 líneas de ayudas:

a) Línea 1: una ayuda para el inicio de la actividad económica y mantenimiento del empleo como persona trabajadora autónoma

b) Línea 2: una ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a 12 meses de la cuantía de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38.ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Bases reguladoras

Orden de 28 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción del empleo autónomo en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027 y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento TR341D).

Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan veintiocho millones novecientos cincuenta y seis mil quinientos euros (28.956.500 €).

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes  se iniciará el día 16 de enero de 2024 y finalizará el 29 de septiembre de 2024.

Fecha Adjuntos
09/01/2024 Ayudas para la promoción del empleo autónomo en Galicia PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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21/12/2023

Ganadores del concurso de decoración de balcones, ventanas y portales de Navidad 2023

Tal y como establecen las bases del concurso se hace público el resultado del concurso de decoración de balcones, ventanas y portales de Navidad 2023.

Se publica el listado de los ganadores y la totalidad de los votos emitidos.

Participaron en este  concurso 1.892 personas  a través de la plataforma habilitada para poder votar al mejor balcón, mejor ventana y mejor portal.

Fecha Adjuntos
21/12/2023 LISTADO GAÑADORES CONCURSO BALCÓNS, XANELAS E PORTAIS 2023 PDF [95 KB]

Comercio, Noticias

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22/12/2023

Ganadores del concurso de decoración de escaparates de Navidad 2023

Tal y como establecen las bases del concurso se hace público el resultado del concurso de decoración de escaparates comerciales y hosteleros de Navidad 2023.

En esta  modalidad había votación telemática y jurado profesional nombrado por la Asociación Centro Comercial Aberto de A Valenzá.

Se publica el listado de los ganadores y los resultados de todos los votos emitidos.

Participaron en este concurso 2.138 personas  a través de la plataforma habilitada para poder votar al mejor escapararate comercial o de hostalería de Navidad 2023.

Fecha Adjuntos
22/12/2023 LISTADO GAÑADORES CONCURSO DECORACIÓN ESCAPARATES NADAL 2023 PDF [116 KB]

Comercio, Noticias

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11/12/2023

Programa de promoción de la actividad deportiva en edad escolar a través del Bono Deporte

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia Justicia y Deportes, del 5 de de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de promoción de la actividad deportiva en edad escolar a través del Bono deporte, se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2024 y se abre el plazo para la adhesión de los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios deportivos.

-Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Bono deporte el padre o madre, tutor/a o persona que tenga en acogimiento familiar o guardia con fines adoptivos a un menor con edad comprendida entre los 6 y los 16 años en el momento de la solicitud, federado o inscrito en el programa Xogade, y que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5 de las bases reguladoras.

El identificador Xogade o el número de licencia deportiva federada del menor con edad comprendida entre los 6 y los 16 años deberá estar emitida durante 2023, y el menor deberá continuar en el programa Xogade o tener licencia deportiva federada en el momento de la descarga del bono.

2. Las ayudas se entenderán preconcedidas con la descarga de los bonos por las personas beneficiarias.

-Actividad subvencionable

Por medio de esta orden se subvenciona la compra de material y equipamiento deportivo para el menor, así como la contratación de servicios relacionados con la práctica de la actividad deportiva, entendiéndose expresamente incluida entre estos servicios la cuota de clubes deportivos, a través del Bono deporte y en los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios de Galicia adheridos al programa, según lo establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras y en las condiciones y fechas fijadas en las mismas.

Fecha de descarga de los bonos

Los bonos estarán disponibles en la web www.bonodeporte.gal para su descarga por las personas usuarias desde el 8 de enero de 2024 al 29 de febrero de ese año. No obstante, si antes del 29 de febrero de 2024 se agota el crédito máximo fijado en esta orden, en ese momento finalizaría el plazo de descarga, y se procederá de acuerdo con el artículo 32 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.

Alta de los establecimientos adheridos al programa

Los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios que deseen adherirse al programa Bono deporte deberán registrarse en la web www.bonodeporte.gal

El plazo para adherirse al programa será desde el día 12 de diciembre de 2023 hasta el 30 de diciembre de 2023, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Podrán adherirse al programa Bono deporte los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10.3 de las bases reguladoras.

-Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinarán 16.120.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.441A.480.2 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024.

Cada bono tendrá un valor de 120 € y tendrá la consideración de bono descuento del 80 % de la compra o servicio adquirido. El importe del bono se irá reduciendo en función del valor de la compra realizada, IVA incluido. Se podrá usar cada bono hasta su agotamiento y durante el plazo de validez establecido en el artículo 16.3 de las bases reguladoras (desde su descarga hasta el 1 de julio de 2024, salvo agotamiento previo de su saldo)

Fecha Adjuntos
11/12/2023 Programa Bono Deporte 2024 PDF [439 KB]

Noticias, Promoción económica

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16/11/2023

El Ayuntamiento de Barbadás oferta dos nidos empresariales para personas emprendedoras

Barbadás es un Ayuntamiento comprometido con la creación de empleo.

Por eso ofrece dos nidos empresariales ubicados en el Centro Empresarial Transfronteirizo, a las personas  emprendedoras que quieran poner en marcha  su negocio. Se trata de una herramienta de apoyo a los empresarios con la que se cuenta desde el  año 2016.

Se cederán inicialmente por 12 meses con posibilidad de prórroga hasta los 36 meses. Las personas beneficiarias tendrán que abonar un coste simbólico al mes, que incluye mobiliario, equipos informáticos, conexión a internet, luz, calefacción y servicio de limpieza. También se contará  con asesoramiento y apoyo del personal técnico del CET.

Más información en el teléfono 988 360 413 o en la dirección de correo electrónico cet@barbadas.es

Noticias, Promoción económica

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13/11/2023

Convocatoria AYUDAS MUNICIPALES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS-ÚLTIMOS DÍAS PARA PRESENTAR SOLICITUDES

ÚLTIMOS DÍAS PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Publicación de la convocatoria del PROGRAMA DE AYUDAS MUNICIPALES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS en el ámbito del Ayuntamiento de Barbadás, con la finalidad de colaborar de una forma activa en la creación de empleo en el municipio apoyando la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales.

Fechas de solicitud: Desde el 31 de octubre hasta el 15 de noviembre de 2023 o hasta agotarse el presupuesto.

Fecha Adjuntos
13/11/2023 ANEXO I PDF [141 KB]
13/11/2023 ANEXO II PDF [298 KB]
13/11/2023 ANEXO III PDF [299 KB]
13/11/2023 ANEXO IV PDF [309 KB]
13/11/2023 ANEXO V PDF [303 KB]
13/11/2023 Bases convocatoria ayudas creación de empresas Barbadás 2023 PDF [415 KB]
13/11/2023 BOP Bases axudas a empresas PDF [496 KB]

Noticias, Promoción económica

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10/11/2023

Cursos gratuitos subvencionados por el SEPE

Formación dirigida a personas ocupadas, desempleadas, en ERTE o ERE interesadas en la enseñanza, competencias digitales, comercio electrónico, ciberseguridad, innovación y sistemas de I+D+I

Modalidad : Teleformación

Más información:

Teléfono 687 680 571

Cursos, Promoción económica

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30/10/2023

Curso de poda e injerta de frutales y vides

La Oficina Rural de Ourense organiza una acción de formación profesional y adquisición de competencias sobre poda e injerta de frutales y vides.

Destinatarios: Personas vinculadas profesionalmente con los sectores productivos relacionados con la agricultura, ganadería, industria agroalimentaria y cadena forestal-madera, o con expectativa de incorporación, en especial jóvenes del medio rural gallego. Interesados en general

Fechas: Del 20 al 24 de noviembre de 2023

Horas: De 16:00 a 20:00 h

Instalaciones: Centro Empresarial Transfronteirizo de Barbadás

Inscripciones:

https://foagro.xunta.gal/foagro/inscripcion/publica/accionsFormativas

Para más información pueden llamar al 988 360 413

 

Cursos, Promoción económica

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27/10/2023

Formación en nuevas tecnologías para personas mayores

La Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación en colaboración con la Fundación Cibervoluntarios organiza un programa de aprendizaje en nuevas tecnologías para personas mayores.

Expertclick, ofrece formación en nuevas tecnologías a mayores de 55 años.

En estos cursos , las personas participantes aprenden a navegar con seguridad y confianza por Internet , hacer gestiones de banca online, pedir una cita médica, comprar online o aprovechar su tiempo de ocio en la red.

Este programa les ayuda a aumentar su independencia y autonomía personal.

Fecha: 21 y 22 de noviembre de 2023

Horario: De 16:00 a 18:00 h

Lugar: Instalaciones municipales de la Solaina

Inscripciones : llamando por teléfono al 988 360 413 o enviando un correo electrónico a cet@barbadas.es

Cursos, Promoción económica

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23/10/2023

Taller de construcción de un pandero infantil

En el Museo de la Gaita de Barbadás, se va impartir un taller de construcción de panderos infantiles

Materiales: Cada participante deberá traer un bastidor cuadrado de 40×40 cm

Día: 4 de noviembre

Hora: De 16:30 a 19:30 h

Inscripciones: En el teléfono 988 360 413 o en el correo electrónico museodagaita@barbadas.gal

Eventos, Turismo

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17/10/2023

Talleres de Música tradicional

En el Museo da Gaita de Barbadás se impartirán unos talleres de Música tradicional.

El plazo para inscribirse está abierto desde el 15 al 31 de octubre ambos incluídos.

Más información en el correo electrónico musedagaita@barbadas.gal

Cursos, Turismo

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02/10/2023

Talleres “Conservas de otoño por el territorio”

Obradoiros de elaboración de conservas en Barbadás

El  Grupo de Desarrollo Rural ADERCOU organiza, junto con la Escuela de Hostelería y Turismo de Ourense, unos talleres de elaboración de conservas de otoño.

En el ayuntamiento de Barbadás los talleres serán:

  • Setas y Castañas:

Fecha: 11 de octubre de 2023

Hora: De 17:00 a 19:30h

Lugar: Asociación Fonval

Inscripciones:

Por teléfono 637 553 743

  • Conservas de pescado:

Fecha: 26 de octubre de 2023

Hora: De 17:00 a 19:30h

Lugar: Asociación Vecinal de Loiro

Inscripciones:

Por teléfono 988 222 494

 

Cursos, Promoción económica

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02/10/2023

Cursos de competencias digitales para mujeres emprendedoras

Extraordinarias es un proyecto destinado a formar en herramientas digitales a mujeres emprendedoras de las zonas rurales para potenciar ideas y negocios activos.

En colaboración con la Fundación Cibervoluntarios se impartirá una formación en E-commerce y Marketing digital.

Fechas: 30 y 31 de octubre

Hora: De 16:00 a 18:00h

Lugar: A Solaina

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Cursos, Promoción económica

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02/10/2023

Programa Bonos Activa Comercio

La Xunta de Galicia pone en marcha de nuevo el Programa Bonos Activa Comercio.

Esta iniciativa de la Xunta de Galicia, en colaboración con la Federación Gallega de Comercio y las Asociaciones Provinciales, forma parte del paquete de medidas específicas para el sector que el Gobierno gallego está poniendo en marcha para acompañar al comercio de proximidad en su reactivación, impulsando su competitividad a través de iniciativas que permitan su modernización e incentiven el consumo.

Cada cliente dispondrá como máximo de un bono descuento por un importe de hasta 30€ que podrá ir descontando en los distintos establecimientos comerciales adheridos y que estarán identificados con el distintivo de la campaña.

El plazo de adhesión para comerciantes será desde el 30 de septiembre hasta el 15 de diciembre, el plazo para usar el bono la clientela será desde el 9 de octubre hasta el 31 de diciembre salvo que se agote el presupuesto del programa.

Comercio, Noticias

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21/09/2023

NUEVO HORARIO MUSEO DE LA GAITA

El  Museo de la Gaita de Barbadás situado en la  Calle Carreira 14, 32890 Barbadás  está abierto al público en el  siguiente horario:

De martes a viernes de 16:00  a 19:00 h

Sábados de 11:00 a 13:00 h

Contacto:

museodagaita@barbadas.gal

Eventos

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21/09/2023

Curso de Manipulación de alimentos

Dentro de las actividades formativas que se organizan desde la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se va impartir una edición del curso de Manipulación de alimentos.

En este curso las personas participantes van a conocer las nociones básicas de higiene y  manipulación de alimentos.

Fecha: 16 de octubre

Horario: De 16:30 a 19:30h

Lugar: CET Barbadás

PLAZAS LIMITADAS

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Cursos, Promoción económica

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08/09/2023

Ayudas del Programa Comercio Circular Xunta de Galicia

ORDEN de 16 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones del programa de comercio circular y si procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CON El300D)
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases y siempre que en las personas solicitantes no concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de subvenciones de Galicia:
1.1. Comerciantes minoristas: Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea, deberán tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Que tengan la condición de pyme conforme lo establecido en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por lo que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el comprado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE 187, de 26 de junio ), incluidas las personas en situación de autoempleo. Para la consideración de pequeña y mediana empresa, se observará el dispuesto en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE nº L 124/36, de 20 de mayo de 2003), y para estos efectos se establecerá que: Categoría de empresa Personal: unidades de trabajo anual Volumen de negocio anual (€) Balance general anual (€) Micro < 10 ≤ 2 millones ≤ 2 millones Pequeña < 50 ≤ 10 millones ≤ 10 millones Mediana < 250 ≤ 50 millones ≤ 43 millones
c) Que estén dadas de alta en algunas de las epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que esta constituya la actividad principal. En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras no subvencionables, la persona solicitante deberá acreditar mediante declaración responsable que la actividad comercial subvencionable es la principal.
1.2. Talleres artesanos: Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. 1.3. Asociaciones de comerciantes: Que tengan la condición de centro comercial abierto al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro para la dinamización de los centros comerciales abiertos de Galicia, y si procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CON El300La) (DOG número 28, del 9.2.2023).
En todo caso, las asociaciones de comerciantes deberán tener una antigüedad mínima de tres años en la fecha de publicación de esta orden y estar al día en el deber de aprobación de las cuentas anuales por la Xunta Directiva en los dos últimos ejercicios previos la esta orden de convocatoria.
Segundo. Objeto
Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto a ejecución de proyectos del programa de comercio circular.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente en la convocatoria.
Cuarto. Importe
Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de 1.500.000,00 €, que será imputado de la siguiente forma: la) Comerciantes minoristas y talleres artesanos: Se destinará un crédito total de 1.015.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.751La.770.8 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023.
b) Asociaciones de comerciantes: Se destinará un crédito total de 485.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05.04.751La.781.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Noticias

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25/08/2023

Convocatoria de subvenciones para la contratación por cuenta ajena de jóvenes menores de 30 años

Orden de 9 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, y si procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR353C).
Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2023 de subvenciones para la contratación por cuenta ajena, que realicen las empresas y personas empleadoras, para facilitar a jóvenes y jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo un período de práctica profesional acompañada de un proceso de formación para el empleo.
Personas empleadoras y empresas beneficiarias: Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y #sociedad civiles que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarias los centros especiales de empleo, y las empresas de inserción laboral que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.
Gastos subvencionables: Serán subvencionables al amparo de este programa las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de: – Contratos para la obtención de la práctica profesional. – Contratos de formación en alternancia. Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa. El período durante lo que se tienen que producir los contratos formativos para que sean subvencionables comprende desde lo 16 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023.
Cuantía de los incentivos La cuantía máxima de la subvención que se concederá con carácter general será de:
a) Incentivo a la contratación, por cada persona chica con contrato formativo de 12 meses a jornada completa: – En los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €. – En los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €. – En los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.
b) Incentivo a la formación, por cada persona chica contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas, con una duración mínima de 60 horas: – 2.000 € para formación presencial. – 1.000 € para teleformación.
Presentación de solicitudes y plazo:
 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.junta.gal El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente al de su publicación y finalizará el 2 de octubre de 2023.

Comercio, Noticias, Promoción económica

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04/08/2023

Inscripciones VI Concurso “Barbadás a bocados” Pinchos 2023

La Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Barbadás pone en marcha el VI Concurso “Barbadás a Bocados”- Pinchos 2023, que se celebrará los días 15 y 16 de septiembre de 2023.

Desde el día 4 de agosto y hasta el 14 de agosto ambos incluidos estará abierto el plazo de inscripción para   todos los establecimientos de hostelería que quieran participar.

Solo hay que cubrir la ficha de inscripción y entregarla en el Registro del Ayuntamiento o en las Oficinas municipales de A Valenzá.

Para más información o consulta de dudas, contactar con el Centro Empresarial Transfronterizo (CET). Teléfono: 988360413 .Dirección electrónica:  cet@barbadas.es

Fecha Adjuntos
04/08/2023 Ficha inscripción BARBADÁS A BOCADOS 2023 PDF [450 KB]

Comercio, Eventos

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17/07/2023

Subvenciones Emprendimiento Plus para personas autónomas y pymes

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad del 13 de julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones Emprendimiento Plus para apoyar la inversión y la creación de empleo con el objetivo de fortalecer y consolidar iniciativas de emprendimiento de personas autónomas y pymes (código de procedimiento TR880B).

Entidades beneficiarias y requisitos

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas, las sociedades mercantiles, las sociedades cooperativas y laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, sociedades civiles etc., siempre que cumplan la condición de pyme según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

2. Para ser beneficiarias deberán cumplirse los dos requisitos siguientes:

a) Que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad que se trate, con 42 meses de antigüedad como máximo hasta la fecha de presentación de la solicitud.

b) Que hubieran iniciado su actividad económica con 42 meses de antigüedad como máximo hasta la fecha de presentación de la solicitud.

3. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica, según lo descrito en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán, igualmente, la consideración de beneficiarias. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

4. Las personas interesadas y las iniciativas de emprendimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que tengan su domicilio social, fiscal y/o un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Que sean viables técnica, económica y financieramente.

c) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia y haber efectuado la comunicación previa del inicio de la actividad o de la apertura del establecimiento según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.

d) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.

e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

f) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

h) Estar de alta en el impuesto de actividades económicas.

i) Desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia (según el alta en el impuesto de actividades económicas o en el censo de obligados tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modelo 036 el 037).

5. Se establecen las siguientes excepciones:

a) Establecidas por el artículo 4 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, de emprendimiento de Galicia.

No se considerarán personas emprendedoras:

i) Las personas físicas con relación a aquellas actividades que se lleven a cabo en el ámbito de dirección y organización de otra persona física o jurídica; singularmente, las denominadas personas trabajadoras autónomas dependientes previstas en el capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, reguladora del Estatuto del autónomo.

ii) Las personas físicas cuya actividad económica se lleva a cabo a través de una sociedad patrimonial.

iii) Las personas físicas cuya actividad se limita pura y simplemente a la mera tenencia de capital o al desempeño del cargo de consejero/a o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.

iv) Las personas físicas o las personas jurídicas en que alguno/alguna de sus socios/as se encuentre inhabilitado/a, en España o en el extranjero, a consecuencia de un procedimiento concursal, se encuentre procesado/a o, tratándose del procedimiento a que se refiere el título III del libro IV de la Ley de enjuiciamiento criminal, se haya dictado auto de apertura del juicio oral, o tenga antecedentes penitenciarios, por delitos de falsedad contra la hacienda pública y contra la Seguridad Social, de infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, de blanqueo de capitales, de receptación y otras conductas afines, de malversación de bienes públicos, contra la propiedad, o que esté inhabilitado/a o suspendido/a, penal o administrativamente, para ejercer cargos públicos o de administración o dirección de entidades financieras.

v) En el caso de sociedades unipersonales o personas autónomas, no podrán ser consideradas emprendedoras las personas que tengan la condición de socio o socia único/a en otra empresa unipersonal o que lleven dados de alta en el régimen de personas autónomas más de cuarenta y dos meses.

vi) Las personas físicas o las personas jurídicas mientras desarrollen actividades relacionadas con la actividad bancaria, seguros y fondos de pensiones, y aquellas que afecten la seguridad nacional.

b) Establecidas por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia:

No podrán tener la condición de beneficiarias las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 de junio), o incumplan las obligaciones del artículo 11 de la citada ley de subvenciones.

c) Así mismo, no se concederán ayudas a las pequeñas y medianas empresas que desarrollen las siguientes actividades:

i) La fabricación de armamento, armas y municiones.

ii) Los juegos de azar con las instalaciones conexas.

iii) La transformación o distribución de tabaco.

iv) Las actividades de venta y/o alquiler de inmuebles.

6. Las personas solicitantes de la ayuda cubrirán en el formulario electrónico de solicitud una declaración responsable de no encontrarse en ninguna situación que las excluya de ser beneficiarias conforme a este artículo.

Objeto

1. Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de subvenciones Emprendimiento Plus para iniciativas de emprendimiento de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que en la fecha de presentación de solicitud de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de constitución o alta, así como la fecha de inicio de su actividad económica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023 (código de procedimiento TR880B), a través de los siguientes programas de ayudas:

a) Programa I. Emprendimiento Plus Inversión.

Este programa tiene por objeto apoyar la continuidad y la consolidación de iniciativas de emprendimiento de personas autónomas y pymes que tengan una antigüedad máxima de 42 meses, mediante el apoyo de inversiones realizadas en las iniciativas objeto de la ayuda, tal y como se describe en el artículo 25 de la convocatoria.

b) Programa II. Emprendimiento Plus Empleo.

Este programa tiene por objeto el fomento y la consolidación del empleo por parte de autónomos y pequeñas empresas de nueva creación (máx. 42 meses) para promover la contratación de personas desempleadas.

La finalidad de este programa es generar empleo estable para personas desempleadas, mediante unas líneas de incentivos a la contratación por cuenta ajena, cuyas particularidades se recogen en el artículo 27, y que incluye dos modalidades de ayudas:

a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

b) Incentivos a la contratación de fijos discontinuos, para contratos de duración de un mínimo de 9 meses y a jornada completa.

2. Estos dos programas (inversión y empleo) objeto de la convocatoria son compatibles entre sí, pero para optar al Programa II Emprendimiento Plus Empleo, será necesario solicitar la ayuda a la inversión establecida en el Programa I Emprendimiento Plus Inversión.

Para poder optar al Programa I: Inversión no es necesario solicitar el Programa II de Empleo.

3. La finalidad, por lo tanto, es apoyar el fortalecimiento y consolidación de iniciativas de emprendimiento que tengan una antigüedad máxima de 42 meses, para impulsar la creación de empleo mediante ayudas a la consolidación de actividades económicas viables, que deben contribuir a la diversificación económica, crecimiento de empleo, sostenibilidad y equilibrio territorial, tanto en términos económicos como sociales. En concreto, iniciativas de emprendimiento destinadas a las siguientes actividades:

1. Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales.

2. Transformación y/o comercialización de productos

3. Prestación de servicios a empresas en cualquier sector (agricultura, silvicultura, sector industrial y de servicios…).

4. Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, granjas escuela…).

5. Actividades de ocio, recreativas, deportivas.

6. Artesanía y actividades artesanales.

7. Actividades basadas en las TIC, innovación tecnológica y comercio electrónico.

8. Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial, contabilidad, veterinaria y formación.

9. Comercio al por menor de productos.

10. Sector hostelería: exclusivamente dirigido la creación de nuevos hoteles y restaurantes situados en construcciones patrimoniales singulares (pazos, molinos, patrimonio industrial, pallozas, faros…) que hagan uso del producto de proximidad con el objetivo de desarrollar propuestas de valor en torno a recursos naturales, patrimoniales, culturales y turísticos.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes de ayudas Emprendimiento Plus será desde el 18 de julio de 2023 hasta el 16 de agosto de 2023.

Fecha Adjuntos
17/07/2023 Subvenciones Emprendimiento Plus PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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07/07/2023

Ayudas del Programa EMEGA para el fomento del emprendimiento femenino

El Diario Oficial de Galicia publica la Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia (código de procedimiento SI429A).

 Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que cumplan todas las condiciones y requisitos comunes y los específicos de la correspondiente línea o tipo de ayuda previstos en las bases reguladoras.

Debe tratarse de empresas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales, las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades profesionales.

Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto apoyar y fomentar el emprendimiento femenino en Galicia y la creación de empleo, por cuenta propia y por cuenta ajena, para mujeres.

El programa Emega comprende las siguientes líneas y ayuda complementaria:

a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales;

b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, consolidación y mejora de empresas para paliar una situación económica adversa y alcanzar el necesario equilibrio empresarial para asegurar su pervivencia y consolidación en el actual contexto económico;

c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica;

d) ayuda complementaria Concilia: con el objeto de promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.

Importe

La cuantía de las ayudas se establece en función de la línea solicitada y del número de puestos de trabajo generados o mantenidos para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:

a) Línea Emprende: incentivos desde 10.000 euros hasta 22.000 euros.

b) Línea Activa: incentivos desde 8.000 euros hasta 17.000 euros.

c) Línea ITEF: incentivos desde 18.000 euros hasta 42.000 euros.

d) Ayuda complementaria concilia:

• Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 euros.

• Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 euros a 5.000 euros.

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de cuatro millones ochocientos doce mil doscientos sesenta y cuatro euros (4.812.264 euros). Estas ayudas están cofinanciadas en un 60 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027.

Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 8 de julio de 2023 y termina el día 7 de agosto de 2023.

Noticias, Promoción económica

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05/07/2023

Programa de subvenciones para apoyar el emprendimiento

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad del  28 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023 (código de procedimiento TR880A).

Personas, entidades beneficiarias y requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, y las sociedades cooperativas y laborales, así como las empresas de inserción y los centros especiales de empleo, previstos en el artículo 6 de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de la economía social de Galicia, que cumplan los dos requisitos siguientes: que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y que hayan iniciado su actividad económica desde el 1 de enero de 2021.

Las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en Galicia.

b) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.

d) Haberse constituido o dado de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y haber iniciado su actividad económica en el período que transcurre entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

f) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

2. No podrán ser beneficiarias de esta subvención aquellas iniciativas de emprendimiento que hayan obtenido resolución favorable al amparo de la Orden de 29 de septiembre de 2022 (DOG núm. 187, de 30 de septiembre).

Objeto

1. Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de subvenciones para apoyar iniciativas de emprendimiento a las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, incluyendo cooperativas y sociedades laborales, que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad de que se trate, y que hayan iniciado su actividad económica desde el 1 de enero de 2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y proceder a su convocatoria para la anualidad 2023.

La finalidad es facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica, y su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada y pagada entre el 5 de noviembre de 2022 y la fecha de la presentación de la solicitud (código de procedimiento TR880A).

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a computarse el día 6 de julio de 2023  y estará abierto hasta el 29 de septiembre de 2023, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fecha Adjuntos
05/07/2023 Subvenciones para iniciativas de emprendimiento PDF [786 KB]

Noticias, Promoción económica

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06/06/2023

Visitas teatralizadas en el Museo de la Gaita

Dentro de la programación del Museo de la Gaita de Barbadás , se van a  realizar 2 visitas teatralizadas en el  Museo, donde se podrán recorrer las instalaciones y conocer el contenido del mismo.

Al terminar la visita habrá  un concierto de la Banda de Gaitas Nova Fronteira

Fechas y Horario

Viernes 30 de junio a las  20:30 h

Viernes 15 de septiembre a las 20:00 h

Lugar: Museo de la Gaita

Inscripciones:

Por teléfono: 988 360 413

Por mail: cet@barbadas.es

Eventos, Turismo

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05/06/2023

Talleres de Búsqueda online de empleo

La Concejalía de Promoción Económica organiza  dos Talleres de Búsqueda online de empleo.

En estos talleres se ofrecerán herramientas y recursos necesarios para la búsqueda activa de empleo y se orientará  a las personas participantes sobre la situación actual del mercado laboral y las ofertas de empleo.

Fechas

-Lunes 26 de junio

Hora:  De 17:00 a 20:00h

Lugar: A Solaina

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Cursos, Promoción económica

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31/05/2023

Progama Nueva oportunidad personas trabajadoras autónomas

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo y la Igualdad del 10 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Nueva oportunidad de las personas trabajadoras autónomas, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR790A).

Personas beneficiarias y requisitos

Serán beneficiarias de estas ayudas tanto las personas autónomas que quieren volver a emprender de nuevo como personas autónomas.

Personas que hayan sido autónomas con anterioridad y que quieren volver a emprender:

Serán beneficiarias de las ayudas las personas que se den de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, en el período de 31 de octubre de 2022 a 30 de octubre de 2023, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Haber causado alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, en el período de 31 de octubre de 2022 al 30 de octubre de 2023.

b) Haber cotizado anteriormente a esta nueva alta al menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.

c) Estar inscrita como persona demandante de empleo en los servicios públicos de empleo con carácter previo a la nueva alta y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral.

d) Transcurrir un período mínimo de tres meses entre la nueva alta en la Seguridad Social y la anterior baja.

e) Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.

f) Tener iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.

2. Las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia podrán ser beneficiarias de las ayudas de este programa cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, siempre que las soliciten a título personal.

3. Quedan excluidas de las ayudas reguladas en esta orden las personas trabajadoras autónomas que ya habían sido beneficiarias con anterioridad de esta ayuda (TR790A), así como las personas trabajadoras autónomas miembros de entidades de economía social y las personas autónomas administradoras que no acrediten participación en la empresa o negocio. También quedan excluidas las personas autónomas colaboradoras y los miembros de las sociedades mercantiles y sociedades laborales.

Objeto

Se establece una modalidad de ayuda para las personas trabajadoras autónomas que cesaron en su actividad y van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas y son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta como persona trabajadora autónoma.

Su finalidad es facilitar la vuelta a la actividad económica a la persona emprendedora a quien le fue mal en su anterior negocio pero tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender, en el mismo o diferente sector.

El programa tiene como apoyo el Bono alta nueva oportunidad para ayudar a la puesta en marcha del nuevo negocio.

 Bases reguladoras

Orden de 10 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Nueva oportunidad de las personas trabajadoras autónomas, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR790A).

 Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día 1 de junio de 2023 y finaliza el 31 de octubre de 2023.

Fecha Adjuntos
31/05/2023 Programa Nueva oportunidad personas trabajadoras autónomas PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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30/05/2023

Subvenciones para el programa de modernización del comercio

Orden de 15 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CO300G).

Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases y siempre que en las personas solicitantes no concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia:

1.1. Línea de ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el establecimiento comercial para el cual se solicita la ayuda tenga carácter físico y permanente y esté ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea o comerciantes al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente, deberán tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las páginas web deberán cumplir los requisitos que figuran en el anexo XIII de la orden.

b) Que tenga la condición de pyme conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión

c) Que la actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 46 o 47 de la Clasificación nacional de actividades económicas 2009 (CNAE-2009)

1.2. Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

Las asociaciones y federaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que tengan entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses del sector comercial.

b) Que tengan la sede social y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que tengan una antigüedad mínima de tres años en la fecha de la publicación de esta orden.

d) En el caso de asociaciones de ámbito municipal, que tengan el número mínimo de comercios asociados dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE establecidos en la línea 1.1.c) de este artículo, en función de la población del ayuntamiento, que se indica a continuación:

Población ayuntamiento

Mínimo comercios asociados

Menos de 5.000 habitantes

10

De 5.000 a 20.000 habitantes

20

Más de 20.000 habitantes

50

En todo caso, el número de comercios asociados debe representar, como mínimo, el 40 % del número de socios de la asociación.

e) En el caso de federaciones, que tengan ámbito provincial o autonómico y tengan asociadas un mínimo de 15 asociaciones de comerciantes que cumplan, además, los requisitos establecidos en la letra d).

Objeto

La financiación de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible dirigidos a impulsar el empleo de las nuevas tecnologías en el sector comercial.

Plazo de presentación de solicitudes

La solicitud se puede presentar desde el día 31 de mayo de 2023 hasta el día 30 de junio de 2023.

Fecha Adjuntos
30/05/2023 Subvenciones para el programa de modernización del comercio PDF [1 MB]

Comercio, Noticias

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23/05/2023

Ayudas para la conciliación de las personas trabajadoras autónomas

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo y la Igualdad de 5 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas para la conciliación de la persona trabajadora autónoma y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento TR341R).

 Personas y entidades beneficiarias

Estas bases establecen los criterios y requisitos para la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que contraten a una persona trabajadora, bien sea en el caso de finalizado su período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento, o bien en cualquier momento en que lo precisen para apoyar el cuidado de menores y/o mayores y dependientes, y según lo dispuesto en esta orden.

Las ayudas irán dirigidas a la contratación de una persona trabajadora para apoyar a la persona autónoma en su negocio, en los casos de maternidad o paternidad una vez finalizado su período de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento (bono autónomo Concilia I).

También se dirigen las ayudas a la contratación de una persona trabajadora para apoyar a la persona autónoma en el cuidado de menores y/o mayores y dependientes (grados I, II e III) a su cargo, independientemente de que hayan existido o no situaciones de maternidad o paternidad o asimiladas (bono autónomo Concilia II).

Igualmente se apoyarán los gastos de los servicios de cuidado de menores y/o mayores y/o personas con discapacidad o dependencia (grados I, II e III) a cargo de la persona autónoma, realizados en el período subvencionable, que comprende de 1 de octubre de 2022 a 29 de septiembre de 2023 (bono autónomo Concilia III).

 Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de las ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento TR341R).

Mediante las ayudas reguladas en esta orden se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia obtenga una compensación para la contratación de una persona durante un período máximo de un año, para favorecer la conciliación de su vida personal y laboral y facilitar la continuidad y consolidación de su proyecto empresarial.

Asimismo, se subvencionará una parte del coste de los centros y/o servicios para el cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependencia.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables se presentarán desde el día 23 de mayo hasta el 29 de septiembre de 2023.

Fecha Adjuntos
23/05/2023 Ayudas para la conciliación de personas trabajadoras autónomas PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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12/05/2023

Curso de Operador/a de carretilla elevadora

Dentro de las actividades formativas del primer semestre de 2023, organizadas por la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se va impartir una segunda edición del curso de Operador/a de carretilla elevadora.

En este curso las personas participantes van  combinar clases teóricas y prácticas para capacitarse  para el manejo de las carretillas elevadoras y de los riesgos asociados.

Fechas: Del 12 de junio al 16 de junio

Horario: De 16:00  a 20:00h

Lugar: Centro Empresarial Transfronteirizo de Barbadás

Inscripciones: Por teléfono en el 988 360 413

Plazas limitadas con preferencia para personas empadronadas en el Ayuntamiento de Barbadás

Cursos, Promoción económica

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11/05/2023

Taller de Huerta RE-circular

La Concejalía de Promoción Económica con el  fin de fomentar la economía circular organiza  un taller de Huerta RE-circular.

Aprovechando los desperdicios domésticos  las personas participantes, usarán envases y objetos  de productos  que se consumen en los hogares, para darle una segunda vida; transformándolos en soportes de cultivo de plantas para la huerta, el jardín o el hogar, como pueden ser semilleros, macetas, refugios de fauna o repelentes de plagas.

Este taller será de carácter intergeneracional y podrán asistir personas de todas las edades a partir de 6 anos.

Fecha: viernes 2 de junio

Hora: De 16:30h a 20:30 h

Lugar: Centro Empresarial Transfronteirizo de Barbadás

Inscripciones: en el teléfono  988 360 413

Cursos, Promoción económica

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08/05/2023

Bonos Activa comercio

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación  del 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio, se convocan para el año 2023 y se abre el plazo para la adhesión de los comercios.

Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Objeto

El objeto es la concesión de ayudas del Programa de dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de los bonos Activa comercio.

Fecha de activación de los bonos

Los bonos estarán disponibles para su descarga por las personas usuarias desde el 15 de mayo hasta el 15 de septiembre de 2023.

Fecha Adjuntos
08/05/2023 Bonos Activa Comercio PDF [639 KB]

Comercio, Noticias

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17/04/2023

Fiesta de los Maios en el Museo de la Gaita

Dentro de la programación del Museo de la Gaita de Barbadás , vamos  a celebrar la festividad de los Maios.

Contaremos con la presencia de Anxo Moure, que realizará un Maio con la colaboración de las personas asistentes.

Al terminar contará el cuento “A música das árbores”

Esta festividad está dirigida tanto a público infantil como adulto.

Fecha: Sábado 6 de mayo

Horario: 17:00h

Lugar: Museo de la Gaita

Inscripciones:

Por teléfono: 988 360 413

Por e-mail: cet@barbadas.es

Eventos

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03/04/2023

Jornadas de apicultura

Dentro de las actividades formativas organizadas por la Concejalía de Promoción Económica, Turismo y  Formación, se van a  realizar varias Jornadas apícolas.

  • ¿Sabes qué miel consumes?   Aprende a conocer más de la calidad de la miel

Fecha:  Miércoles 26 de abril

Hora:  De 16:30 a 19:30h

Lugar: CET Barbadás

En esta jornada se abordarán factores de calidad de la miel para consumidores. Se conocerá que proceso sufre la miel con el paso del tiempo y como es la miel que estamos consumiendo. Errores de conservación y consumo.
También se hará una Cata comentada de diferentes variedades de Miel de Galicia, para poder comprobar que non toda la  miel es igual
Y se hablará de los mitos y verdades sobre las propiedades de la miel y de su consumo.

  • Sinergias de la miel y aceites esenciales para una  cosmética natural 

Fecha: Miércoles  10 de mayo

Hora:  De 16:30 a 19:30h

Lugar: CET Barbadás

En esta jornada se tratarán las propiedades de distintos aceites esenciales y de la miel, sus beneficios y el aprovechamiento de ambos para hacer cosmética natural.
También se llevará a cabo la elaboración de jabón, utilizando distintos aceites esenciales y productos de la colmena, que después todos los asistentes llevarán para su casa.

  • Utilización de la miel en la gastronomía y elaboración de productos con miel

Fecha: Miércoles  7 de junio

Hora:  De 16:30 a 19:30h

Lugar: CET Barbadás

En esta jornada se abordará  la elaboración de distintos productos con miel como por ejemplo distintas especialidades de miel con nueces, jengibre, canela e/o polen.
Se explicará la   utilización de la  miel en la cocina, mostrando a los participantes las posibilidades de su utilización y viendo que la miel non es solo para sobremesas, si no que se puede utilizar para primeros platos, segundos platos, y hasta para salsas.

 

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Cursos, Promoción económica

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03/04/2023

Curso de Operador/a de Carretilla elevadora

Dentro de las actividades formativas del primer semestre de 2023, organizadas por la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se va impartir un curso de Operador/a de carretilla elevadora.

En este curso las personas participantes van  combinar clases teóricas y prácticas para capacitarse  para el manejo de las carretillas elevadoras y de los riesgos asociados.

Fechas: Del 17 de abril al 21 de abril

Horario: De 16:00  a 20:00h

Lugar: Centro Empresarial Transfronteirizo de Barbadás

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Plazas limitadas

Cursos, Promoción económica

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13/03/2023

Charla sobre el chatGPT

Ante Los numerosos avances tecnológicos de los últimos tiempos, la reciente aparición del denominado ChatGPT  vino a revolucionar el mundo de las IA hasta ahora conocidas.

Por este motivo, la Concejalía de Promoción Económica organiza una charla para hablar sobre este ChatGPT, qué es, cuales son sus ventajas e inconvenientes y también las utilidades que nos ofrece.

Día: 23 de marzo

Hora: 19:30 h

Lugar: CET Barbadás

Eventos, Promoción económica

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02/03/2023

Taller de instrumentos musicales con material de

Dentro de la programación del Museo de la Gaita de Barbadás , se va a realizar  un Taller de instrumentos musicales con material de reciclaje.

Fecha: Sábado 18 de marzo

Horario: De 17:00  a 20:00h

Lugar: Museo de la Gaita

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Plazas limitadas

 

Eventos

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01/03/2023

Curso de Informática básica e iniciación a internet

Dentro de las actividades formativas que se organizan desde la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se va impartir un curso de Informática básica e iniciación a internet.

En este curso las personas participantes van  adquirir destrezas y conocimientos para poder desenvolverse con un equipo informático: hardware, sistema operativo, aplicación de tratamiento de textos, internet, correo electrónico

Datas: Del 20 marzo al 31 de marzo

Horario: De 10:00  a 13:00h

Lugar: Instalaciones Municipales de A Solaina

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Plazas limitadas

Cursos, Promoción económica

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28/02/2023

Subvenciones para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía , Industria e Innovación de 23 de febrero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CO300C).

Personas y entidades beneficiarias

Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que en todo caso cumplan, además, los siguientes requisitos:

1. Comerciantes minoristas:

a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma, que no tengan la consideración de grande establecimiento comercial según la normativa aplicable y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Que, teniendo la condición de pyme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en el Reglamento de la Unión Europea 651/2014 (DOUE 187, de 26 de junio de 2014), tengan un número de empleados/as igual o inferior a veinte (20), incluidas las personas en situación de autoempleo.

c) Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y III y que esta constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.

En caso de que la actividad subvencionable se corresponda con una actividad de los epígrafes relacionados en el anexo III, deberá estar dado de alta en alguna actividad comercial relacionada en el anexo II.

En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras actividades comerciales o servicios no subvencionables, el solicitante deberá acreditar fidedignamente que la actividad principal está incluida en los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y III. En todo caso, la actividad principal del establecimiento deberá realizarse de forma notoria e inequívoca.

d) Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.

2. Talleres artesanos:

Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En caso de nuevos talleres, tendrán de plazo hasta el último día del plazo para la presentación de solicitudes para solicitar la inscripción en dicho registro.

Objeto

La concesión de subvenciones para la transformación digital y modernización del sector comercial y artesanal.

Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, a partir del día 1 de marzo de 2023

Fecha Adjuntos
28/02/2023 Subvenciones para transformación digital PDF [995 KB]

Noticias, Promoción económica

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14/02/2023

Ayudas para el desarrollo de la economía circular

El Diario Oficial de Galicia publica la Resolución del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a la implantación de soluciones avanzadas para el desarrollo de la economía circular para el año 2023, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa operativo Feder Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG300F).

Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes),  cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a los empresarios autónomos, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.

Las pymes podrán solicitar ayudas a la tipología de proyectos individuales descritos en el artículo 1.b) de las bases reguladoras. Para poder solicitar las ayudas a la tipología de proyectos colectivos descritos en el artículo 1.a), los interesados deberán previamente constituir una agrupación de las previstas en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, que tendrá que estar constituida, por lo menos, por tres pymes con centro de trabajo en Galicia.

Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y van destinadas a la puesta en marcha de proyectos para el desarrollo de la economía circular cuya finalidad sea el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, consiguiendo reducciones y ahorros en la utilización de recursos naturales, agua y energía, y disminución en la generación de desechos, subprodutos o desperdicios, con la tendencia de convertir los desechos en recursos de uso en otros procesos productivos.

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

a) Proyectos colectivos de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas (con un mínimo de tres empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda un proyecto de economía circular para mejorar el uso de los recursos y reducir los impactos ambientales de manera conjunta. La simbiosis industrial facilita el intercambio de energía, materiales, agua y subprodutos para cerrar los ciclos de materiales y energía, maximizar el uso de residuos y minimizar el uso de materia prima.

b) Proyectos individuales en los que una pyme aborda la implantación de un sistema de economía circular, parcial o integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día desde las 8.00 horas del día 1 de febrero hasta las 14.00 horas del día 28 de febrero.

Fecha Adjuntos
14/02/2023 Ayudas economía circular PDF [896 KB]

Noticias, Promoción económica

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08/02/2023

Cursos de Manipulación de alimentos

Dentro de las actividades formativas que se organizan desde la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se van a  impartir 3 cursos de manipulación de alimentos.

En estos cursos las personas participantes van a conocer las nociones básicas de higiene y  manipulación de alimentos.

Fechas: 27 de febrero, 24 de abril y 16 de octubre

Horario: De 16:30h a 19:30h

Lugar: CET Barbadás

Inscripciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Cursos, Promoción económica

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07/02/2023

Curso de Iniciación a la apicultura, una ganadería con futuro

Dentro de las actividades formativas que se organizan por la Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, durante el mes de marzo va a tener lugar un curso teórico- práctico de “Iniciación a la apicultura, una ganadería con futuro”

En este curso se explicarán las nociones básicas para aquellas personas que quieran acercarse a la apicultura, bien sea para dedicarse a ella de manera profesional, semiprofesional o para tener colmenas en  casa para autoconsumo, y beneficiarse de la polinización en los árboles frutales.

Fechas: 1, 8, 15, 22 y 29 de marzo

Horario: De 17:00h a 19:00h

Lugar: CET Barbadás

Inscipciones:

Por e-mail: cet@barbadas.es

Por teléfono: 988 360 413

Cursos, Promoción económica

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03/02/2023

Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de 10 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas, y se realiza su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR349F).

-Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia, por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.

-Objeto

El objeto de esta orden es fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2023 de los incentivos a la contratación indefinida inicial y a la formación de personas desempleadas realizadas por las personas trabajadoras autónomas o por personas profesionales con domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia, a fin de promover la consolidación del empleo autónomo (código de procedimiento TR349F).

Este programa incluye dos tipos de ayudas compatibles entre sí:

1. Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

2. Bono de formación (opcional), por medio del cual se proporcionará una subvención para acciones formativas dirigidas a las personas trabajadoras cuyos contratos se subvencionan por medio de esta orden, con el objeto de mejorar sus conocimientos y las habilidades relacionadas con el puesto de trabajo.

-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes comenzará el día 4  de febrero de 2023 y finalizará el 29 de septiembre de 2023.

Fecha Adjuntos
03/02/2023 Programa de ayudas a autónomos para contratación indefinida PDF [1 MB]

Noticias, Promoción económica

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05/02/2023

Máscaras ancestrales

El domingo 12 de febrero a partir de las 17:00 h, recorrerán las calles de Barbadás

Con motivo de la celebración del Carnaval, en el  Museo de la Gaita se organizaron varias actividades, una de ellas será el domingo corredoiro con la Mascarada Ancestral.

  • Este año está dedicado  a las Bonitas de Sande.

 

  • El domingo 12 de febrero  a partir de las 17:00 h, recorrerán las calles de Barbadás las Bonitas de Sande acompañadas del Folión Os Trebóns, terminando en el Museo de la Gaita. Una vez allí se hará una pequeña representación con las figuras típicas de este carnaval, el Oso y la Vaca.

 

  • Para animar la fiesta actuarán dos grupos de música tradicional Velaí Vai y Feitizo de Pau.

 

  • Al finalizar todos los  participantes podrán unirse a una Master-Class de baile tradicional.

 

  • Animamos a todas las personas  que asistan y vengan disfrazadas como personas antiguas, para recrear lo mejor posible el carnaval de Sande.

Eventos

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31/01/2023

AYUDAS: Bono energía pyme, Plan Galicia emplea, Préstamos directos para financiación empresarial en Galicia

El Diario Oficial de Galicia convoca varias ayudas:

  • Bono energía pyme

-Personas y entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o centro de trabajo en Galicia y cuya actividad esté incluida entre las siguientes secciones del CNAE 2009:

Sector servicios-sección CNAE 2009

División

Sección G: comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor y motocicletas.

45 a 47

Sección H: transporte y almacenamiento.

49 a 53

Sección I: hostelería.

55 a 56

Sección J: información y comunicaciones.

58 a 63

Sección K: actividades financieras y de seguros.

64 a 66

Sección L: actividades inmobiliarias.

68

Sección M: actividades profesionales, científicas y técnicas.

69 a 75

Sección N: actividades administrativas y servicios auxiliares.

77 a 82

Sección P: educación.

85

Sección Q: actividades sanitarias y de servicios sociales.

86 a 88

Sección R: actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.

90 a 93

Sección S: otros servicios.

94 a 96

2. Los requisitos para obtener la condición de beneficiarios se deberán cumplir, como más tarde, en la fecha límite de final del plazo de presentación de solicitudes.

-Objeto

Regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de mejora energética, destinadas a pymes y autónomos con actividad económica en el campo del comercio, hostelería, artístico-recreativo y otros servicios, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución (código de procedimiento IN417Z).

-Cuantía de la ayuda

1. La cuantía de la subvención será del 80 % del coste elegible de la actuación.

2. Con carácter general, se establece una ayuda máxima de 6.000 euros por solicitud.

3. El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de los 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, de 100.000 euros cuando se trate de empresas de transportes de mercancía por carretera por cuenta ajena, de 30.000 euros para empresas del sector de la pesca y de la acuicultura y de 20.000 euros para empresas del sector agrícola.

4. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.

-Forma y plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes las suscribirán directamente los interesados o la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

2. El plazo de presentación de las solicitudes comienza el día 25 de enero de 2023  y finalizará el 29 junio de 2023.

3. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega. Para el acceso a la aplicación de presentación de las solicitudes será necesario el número del NIF y la contraseña determinada por las personas interesadas.

-Plazo para la ejecución de la instalación

La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 2 de octubre de 2023.

  • Plan Galicia Emplea

-Personas o entidades beneficiarias

Podrán ser personas o entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, excepto para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.

– Objeto

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2023, en el ámbito de la Comunidad autónoma de Galicia las ayudas establecidas por la Consellería de Promoción de Empleo e Igualdad que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria (y entidades sin ánimo de lucro), especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral, con la finalidad de seguir paliando los perjuicios económicos sobre el mercado de trabajo, derivados de los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19 y agravados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

La orden regula el Plan Galicia emplea (código de procedimiento TR342C) de incentivos a la contratación por cuenta ajena y a la formación de los colectivos vulnerables recogidos en el artículo 25.1.a), a través de dos líneas de ayudas:

1. La línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena que incluye cuatro modalidades de ayudas:

a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.

c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.

d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

2. La línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo, de carácter opcional, dirigida a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial por medio de esta orden.

-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo general para presentar las solicitudes  comenzará el día 1 de febrero de 2023  y finalizará el 29 de septiembre de 2023.

  • Préstamos directos para financiación empresarial en Galicia

-Beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo, objeto de la actuación a financiar, situado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Cumplan las condiciones establecidas específicamente para la correspondiente modalidad de préstamo, conforme a los requisitos que se detallan en el anexo I de las bases reguladoras.

c) Aporten para la actuación una contribución financiera mínima del 25 % del coste total, exenta de cualquier tipo de apoyo público.

2. Para las modalidades de préstamo específicamente indicadas en el anexo I de las bases reguladoras, podrán ser también beneficiarias las personas físicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, agrupaciones de interés económico, las sociedades civiles y comunidades de bienes que cumplan los requisitos del anterior apartado 1.

-Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto la puesta en marcha de las siguientes líneas de préstamos: préstamos para inversiones estratégicas, préstamos para financiar inversiones en infraestructuras de uso compartido y desarrollo de proyectos en Galicia por parte de centros tecnológicos y asociaciones empresariales, préstamos para financiar la operativa de la industria auxiliar naval y préstamos para financiar la operativa de las empresas en el contexto actual de incremento generalizado del coste de las materias primas y de la energía.

-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 8.00 horas del 1 de febrero de 2023 y finalizará el 29 de diciembre de 2023, a las 14.00 horas, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fecha Adjuntos
31/01/2023 Bono energía pyme PDF [856 KB]
31/01/2023 Plan Galicia Emplea PDF [1 MB]
31/01/2023 Préstamos para financiación empresarial PDF [2 MB]

Noticias, Promoción económica

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31/01/2023

Ayudas AGADER para proyectos de inversión en actividades no agrícolas

El Diario Oficial de Galicia publica la Resolución de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural de 29 de diciembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Plan de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2023, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento MR708A).

  • Personas y entidades beneficiarias

a) Microempresas y pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales. A estos efectos, la definición de pequeña empresa es la que resulta del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

b) Personas físicas que residan en una zona rural.

c) Titulares de una explotación agraria o miembros de su unidad familiar, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.

  • Objeto

Regular el procedimiento de concesión de las ayudas que gestionará la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el marco de la medida 6.4 del PDR de Galicia 2014-2020 destinadas a:

a) Adquisición de bienes de equipo inherentes a la actividad empresarial que están desarrollando las empresas existentes, con el fin de mejorar, ampliar o modernizar sus estructuras de producción y/o servicios.

b) Puesta en marcha de nuevas actividades empresariales de carácter no agrícola en las aldeas modelo declaradas con anterioridad a la publicación de estas bases reguladoras.

  • Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes, a contar desde el día 31 de enero de 2023

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

  • Otros datos

La concesión de ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Los proyectos subvencionados recibirán un porcentaje de ayuda del 45 % de los gastos subvencionables.

Fecha Adjuntos
31/01/2023 Ayudas actividades no agrícolas PDF [6 MB]

Noticias, Promoción económica

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24/01/2023

Programa Bono autónomo, Ayudas Xempre autónomo, Subvenciones para entidades asociativas gallegas de personas trabajadoras autónomas

El Diario Oficial de Galicia publica varias Órdenes de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad, para personas trabajadoras autónomas:

  • Programa del bono de las personas autónomas

 -Personas y entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:

1. Las personas trabajadoras autónomas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional, que tengan el domicilio fiscal en Galicia, que en la fecha de la solicitud tengan una antigüedad superior a 42 meses ininterrumpidos en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000,00 euros y una facturación mínima anual de 12.000.00 euros, IVA incluido, en la declaración referida al año 2021.

2. Las sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que en la fecha de la solicitud tengan una persona autónoma societaria con una antigüedad superior a 42 meses ininterrumpidos en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional.

b) Que la empresa tenga una facturación mínima anual de 12.000,00 euros, IVA incluido, en la declaración referida al año 2021.

c) Que la empresa tenga una base imponible en el impuesto de sociedades de la declaración realizada referida al año 2021, inferior a 30.000,00 euros (según la casilla 552 del impuesto de sociedades). En el caso de entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, este importe de 30.000,00 euros se referirá al rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el IRPF de la suma de todos los miembros de la sociedad o comunidad de bienes.

-Objeto

Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se inicia  a las 9.00 horas del día 25 de enero de 2023 y finaliza el 29 de septiembre de 2023.

  • Ayudas Xempre autónomo para la promoción del empleo autónomo

-Personas beneficiarias

Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación.

-Objeto

Esta orden tiene por objeto la concesión de una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.

-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de esta orden se contará a partir del día 25 de enero y  finalizará el 29 de septiembre de 2023.

  •  Programas de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas gallegas de personas trabajadoras autónomas y la contratación de personal de apoyo

-Entidades beneficiarias

Programa de entidades asociativas de personas trabajadoras autónomas. Serán beneficiarias aquellas entidades asociativas de personas trabajadoras autónomas de carácter intersectorial que estén inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Galicia.

-Objeto

Esta orden tiene por objeto sufragar los gastos de organización interna y funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores autónomos.

-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo general de presentación de solicitudes del programa  será de un mes contado desde el día 25 de enero.

Fecha Adjuntos
24/01/2023 Programa Bono Autónomo PDF [883 KB]
24/01/2023 Ayudas Xempre autónomo PDF [793 KB]
24/01/2023 Subvenciones para entidades asociativas gallegas de persoas autónomas PDF [789 KB]

Noticias, Promoción económica

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23/01/2023

Campaña de empadronamiento “Súmate a nós”

Hostelería, comercio, formación y emprendimiento

Campaña de empadroamento do Concello de Barbadás - "SÚMATE A NÓS"

Vídeo promocional hostelería, comercio, formación y emprendimiento.

Noticias, Promoción económica

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23/01/2023

Talleres de nuevas tecnologías

Dentro de la programación formativa del primer semestre de 2023  de la  Concejalía de Promoción Económica, Turismo y Formación, se van a  realizar  unos Talleres de nuevas tecnologías dirigidos a la población del Ayuntamiento de Barbadás .

Los talleres serán:

-Trámites electrónicos en línea

DNI-e, citas Sergas, certificado electrónico, clave PIN, Chave 365

Fechas: 9 de febrero, 9 de marzo, 11 de abril y 9 de mayo

Horario: De 16:00 a 19:00 h

Lugar: Instalaciones municipales de A Solaina

-Iniciación al uso de smartphone

  • Local social de Loiro-Escuela vieja(Para vecinos y vecinas de Loiro y Bentraces)

Fecha: 24 de febrero

Horario: De 16:00 a 19:00 h

  • Fonval

Fecha: 24 de marzo

Horario: De 16:00 a 19:00 h

  •  Local social de Barbadás( Para vecinos y vecinas de Barbadás, Pontón y Sobrado)

Fecha: 24 de abril

Horario: De 16:00 a 19:00 h

  • Local social de Piñor( Para vecinos y vecinas de Piñor, Parada y Santa Uxía)

Fecha: 24 de mayo

Horario: De 16:00 a 19:00 h

Cursos, Promoción económica

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20/01/2023

Talleres de carnaval – Museo da Gaita

Dentro de la programación del Museo da Gaita de Barbadás para el Carnaval 2023, se van a organizar dos talleres.

Taller de MECOS:

Sábado 28 de enero . A las 17:00 h en el  Museo da Gaita

Cada persona participante deberá traer su propio material para hacer su meco.Se trata de hacer uso de las cosas que tenemos en casa y reciclarlas para elaborar el meco.

Taller de MÁSCARAS:

Sábado 4 de febrero. A LAS 17:00 h en el  Museo da Gaita

Para este taller no hace falta traer material

Para cada taller las plazas son limitadas.

Inscripciones en el 988 360 413 o en  el cet@barbadas.es

Eventos, Turismo

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18/01/2023

Ayudas LEADER – Convocatoria anualidades 2023/2024

Convocatoria en relación con la medida 19 (Leader) del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR), con cargo a las anualidades 2023 y 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones que corresponden con la submedida 19.2 del PDR (apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local.

Proyectos subvencionables

1. Serán subvencionables los proyectos que tengan encuadramiento en la estrategia de desarrollo local de cada GDR, de forma que respondan a las prioridades y a los objetivos específicamente recogidos en la estrategia, siempre y cuando cumplan las condiciones de subvencionabilidad que se especifiquen en las fichas de elegibilidad recogidas en el capítulo VII de las bases reguladoras.

Con las particularidades que se indican en las citadas fichas de elegibilidad de las bases reguladoras, los proyectos podrán clasificarse en productivos y no productivos. Con carácter general tendrán la consideración de proyectos productivos los que supongan la realización de una actividad económica con fin lucrativo tendentes a la producción de bienes y/o servicios y que supongan una creación y/o mantenimiento del nivel de empleo. Por el contrario, tendrán la consideración de proyectos no productivos los que tengan un interés público o colectivo y no supongan el inicio o desarrollo de una actividad económica con finalidad lucrativa.

2. Con carácter general, los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar localizados en el ámbito territorial elegible de aplicación de la estrategia de desarrollo local del GDR.

b) Ser viables técnica, económica y financieramente, para los proyectos de naturaleza productiva, y técnica y financieramente para los no productivos.

c) Ajustarse a la normativa sectorial (comunitaria, estatal y autonómica) que resulte de aplicación para cada tipo de proyecto.

d) No estar iniciados en la fecha de la presentación de la solicitud de ayuda. Para estos efectos, se considera como inicio de la inversión el comienzo de los trabajos de construcción, o bien el primer compromiso en firme para el pedido de los equipos u otro compromiso que haga la inversión irreversible y que vincule jurídicamente al solicitante, si esta fecha es anterior. Sin embargo, la compra de terrenos y los trabajos preparatorios, como la obtención de permisos y la realización de estudios de viabilidad, no tendrán la consideración de inicio de los trabajos.

e) Ser finalistas, es decir, que a la fecha de la justificación final de las inversiones o gastos subvencionados cumplan los objetivos y funciones para los que fueron aprobados los proyectos. No podrán subvencionarse fases de un proyecto que no constituyan una actividad finalista.

¿A quién va dirigido?

Con carácter general, y teniendo en cuenta las particularidades que se establecen en las fichas de elegibilidad incluidas en el capítulo VII de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarias de las ayudas tramitadas al amparo de este régimen de ayudas:

a) Las personas físicas o jurídicas de carácter privado.

b) Las entidades públicas de carácter local o comarcal: ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y entidades dependientes de las anteriores.

c) Las comunidades de montes vecinales en mano común y sus mancomunidades.

Requisitos

– Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de ninguna naturaleza con la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en los párrafos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (LSG) y en particular, no haber sido condenado mediante sentencia firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.

c) Cumplir los requisitos de pequeña empresa, en los términos regulados en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, por lo que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea:

1º. Emplear a menos de 50 personas.

2º. Tener un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere los 10 millones de euros.

Para la definición de empresa, así como para el cálculo de los efectivos e importes financieros de la misma, se tomará en consideración lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.

De ser el caso, la cualificación de pequeña empresa tomará en consideración los datos de las empresas asociadas y vinculadas para el cálculo de efectivos e importes financieros, en los términos previstos en el artículo 3 del citado anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014.

Este requisito se exceptúa para las entidades públicas locales, así como para los beneficiarios de las ayudas a proyectos no productivos que sean elegibles al amparo de lo dispuesto en el capítulo VII de las bases reguladoras (fichas de elegibilidad).

d) Cumplir los demás requisitos que, en función de la tipología de proyectos, se especifican en las fichas de elegibilidad del capítulo VII de las bases reguladoras.

– Cuando la persona beneficiaria sea una persona jurídica, los miembros asociados de la misma que se comprometan a efectuar, en nombre y por cuenta de ésta, la totalidad o parte de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención, tendrán igualmente la consideración de beneficiarios de la subvención, por lo que también deberán cumplir y acreditar los requisitos exigidos para cada tipo de persona beneficiaria.

– No podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad que carezca de personalidad jurídica propia.

No se concederán ayudas a empresas en crisis, de acuerdo con la definición y condiciones establecidas en las Directrices comunitarias sobre las ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01). Para verificar el cumplimiento de este requisito, las empresas presentarán con la solicitud de ayuda una declaración de no encontrarse en situación de crisis conforme la normativa comunitaria.

Tampoco podrán ser beneficiarias de ayudas las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación de ayudas a consecuencia de una decisión previa de la Comisión Europea que las declare ilegales e incompatibles con el mercado común.

No podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las bases reguladoras las empresas que operen en el sector de la pesca, de la acuicultura y/o de la transformación y comercialización de productos pesqueros.

– La valoración de los requisitos, así como de los hechos y aspectos puntuables a través de los criterios de selección de las respectivas estrategias de desarrollo rural de los GDR, estarán referidos al último día de plazo de presentación de las solicitudes que vayan a concurrir en cada período de selección.

Prazo de presentación de solicitudes

Ata o 31 de xaneiro de 2023

Fecha Adjuntos
18/01/2023 Ayudas LEADER PDF [539 KB]

Noticias, Promoción económica

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18/01/2023

WEBINARIO IGAPE responde- Comenzar un negocio en Galicia ¿Con qué servicios de apoyo cuento?

¿Quieres poner en marcha una idea de negocio?

¿Estás empezando una nueva actividad empresarial y tienes dudas?

Para poder ayudarte, en el  Igape Responde ofrecen información sobre instituciones y servicios en los que asesorarse a la hora de analizar o planificar tu idea de negocio.

Si estás interesado puedes participar en el Webinario del LUNS 30 de enero a las 13 horas.

Eventos, Promoción económica

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18/01/2023

Línea de ayudas para digitalización, sustentabilidad y logística avanzada del Igape

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica una nueva convocatoria de los talleres de digitalización, sostenibilidad y logística avanzada impulsados por la Vicepresidencia primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia. Se entenderán como tales, a efectos de estas ayudas:

a) Entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que pertenezcan a una de las siguientes categorías: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa, clústeres empresariales o hubs de innovación digital al amparo de la Estrategia gallega de HID.

b) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros, BOE núm. 20, de 23 de enero de 2009).

Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto incentivar la creación de espacios de encuentro entre empresas para explorar soluciones tecnológicas y vías de colaboración que den lugar a proyectos de implementación de herramientas colaborativas sectoriales en los campos de la digitalización, la sostenibilidad o la logística avanzada, o bien oportunidades de hibridación intersectorial.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde las 8.00 horas del día 11 de enero de 2023.

Fecha Adjuntos
18/01/2023 Talleres IGAPE digitalización PDF [766 KB]

Noticias, Promoción económica

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17/01/2023

Plan Renova electrodomésticos

La Xunta de Galicia aprobó una nueva convocatoria del programa Galicia Renueva Electrodomésticos, que facilitará ayudas de hasta 450 euros a personas que quieran renovar esos equipamientos.

El plazo de solicitud de las ayudas abrirá el 8 de febrero y terminará el 30 de septiembre o cuando se agote el crédito disponible. Las peticiones se resolverán por orden de entrada.

Las subvenciones podrán alcanzar el 25 % del precio de un electrodoméstico para un consumidor general, y pueden llegar al 50 % o al 75 % cuando se trate de personas con dificultades económicas.

Los beneficiarios deberán residir en Galicia y podrán emplear los fondos para renovar:

-Frigoríficos o frigoríficos congeladores

-Congeladores

-Lavadoras

-Lavavajillas

-Placas de cocina de inducción

Las ayudas irán desde los 100 a los 450 euros. Cada solicitante solo podrá recibir una subvención para cada una de las tipologías, con un máximo de tres electrodomésticos por beneficiario.

Noticias, Promoción económica

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10/01/2023

Taller online sobre ahorro en las facturas de luz y gas

La Escuela de Energía de la Fundación Naturgy impartirá un taller online con el fin de asesorar a  las familias en materia de energía y de minimizar el coste energético de la vida de los colectivos vulnerables de la sociedad.

Será el miércores 25 de enero de 16:00 a 17:30 h

Es importante tener una factura de la luz y del gas reciente, independientemente de la empresa comercializadora ya que los conceptos son similares.

Enlace de acceso : https://meet.jit.si/CET_G3424

Cursos, Promoción económica

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05/01/2023

Programa Impacto Autónomo

Orden del 28 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Impacto Autónomo y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR890La).
Publicación: DOG número 3 del 4/1/2023
Primero. Personas y entidades beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar cómo trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas, con domicilio fiscal en Galicia y que tuvieran unos rendimientos netos mínimos de actividades económicas realizadas de 10.000 € y un máximo de 30.000 €, en el año 2021.
2. Asimismo, podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de temporada que acrediten estar de alta o situación asimilada en el momento de la presentación de la solicitud, y que estuvieran de alta un mínimo de 4 meses y un máximo de 9 meses en el año 2021 y en el año 2022.
3. También pueden ser beneficiarias las microempresas, sociedades, incluidas las de economía social, comunidades de bienes o sociedades civiles, con domicilio fiscal en Galicia y con un mínimo de facturación en el año 2021 de 50.000 € y un máximo de 750.000 euros en el mismo año 2021. Se considerará microempresa para efectos de esta orden a que viene recogida en el anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio , en que se define a microempresa como aquella empresa que ocupa menos de diez personas trabajadoras y con un balance general anual inferior a dos millones de euros.
4. Las personas o entidades señaladas en los números 1, 2 y 3 anteriores que desarrollen la actividad en establecimientos fijos abiertos al público, el establecimiento deberá estar abierto al público durante los 6 meses posteriores a la publicación de esta orden de ayudas.
5. Quedan excluidos de esta orden las personas autónomas colaboradoras y familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegio profesional y que no tengan la condición de personas trabajadoras por cuenta ajena conforme lo establecido en el artículo 1.3.y) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre .
6. No podrán tener la condición de beneficiarias las personas o entidades en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007.
7. Las personas autónomas que, por su vez, sean autónomas societarias solo podrán presentar una solicitud
8. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7 de la orden.
Segundo. Objeto
Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del programa Impacto Autónomo, dirigidas a minimizar la subida de los costes de materias primas y de los suministros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 28 de diciembre del 2022 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Impacto Autónomo y si procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR890La).
Cuarto. Importe Para la concesión de estas ayudas se destinan treinta millones de euros (30.000.000 €).
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 9 de enero de 2023 y finaliza el 9 de febrero de 2023.

Comercio, Noticias, Promoción económica

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30/12/2022

Subvenciones para el Programa de modernización del comercio

El Diario Oficial de Galicia del 30 de diciembre de 2022, publica la Orden de  la  Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Indurtria e Innovación de 23 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2023

Beneficiarias

1.1. Línea de ayudas destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.

1.2. Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.

Objeto

La financiación de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible, dirigidos a impulsar el empleo de las nuevas tecnologías en el sector comercial.

Importe

Para la concesión de estas subvenciones se destinan 2.700.000,00 € con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia

Fecha Adjuntos
30/12/2022 Subvenciones Programa de modernización del comercio PDF [2 MB]

Comercio, Noticias, Promoción económica

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22/12/2022

Ganadores del concurso de decoración de escaparates de Navidad 2022

Tal y como establecen las bases del concurso se hace público el resultado del concurso de decoración de escaparates comerciales y hosteleros de Navidad 2022.

En esta  modalidad había votación telemática y jurado nombrado por la Asociación Centro Comercial Aberto de A Valenzá.

Se publica el listado de los ganadores y los resultados de todos los votos emitidos.

Participaron en este concurso 1.422 personas  a través de la plataforma habilitada para poder votar al mejor escapararate comercial o de hostalería de Navidad 2022.

Fecha Adjuntos
22/12/2022 LISTADO GAÑADORES CONCURSO DECORACIÓN ESCAPARATES NADAL 2022 PDF [113 KB]
22/12/2022 Votación en liña para o Concurso de Escaparates de Nadal 2022 do Concello de Barbadás PDF [241 KB]

Comercio, Noticias

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22/12/2022

Ganadores del concurso de decoración de balcones, ventanas y portales de Navidad 2022

Tal y como establecen las bases del concurso se hace público el resultado del concurso de decoración de balcones, ventanas y portales de Navidad 2022.

Se publica el listado de los ganadores y los resultados de todos los votos emitidos.

Participaron en este  concurso 1.263 personas  a través de la plataforma habilitada para poder votar al mejor balcón, mejor ventana y mejor portal.

Fecha Adjuntos
22/12/2022 LISTADO GAÑADORES CONCURSO BALCÓNS, XANELAS E PORTAIS 2022 PDF [93 KB]
22/12/2022 2022-Votación en liña para o Concurso decoración de balcóns, xanelas e portais do Concello de Barbadás PDF [306 KB]

Comercio, Noticias

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15/12/2022

Vamos cantar los Reyes

Dentro de la programación de Navidad, desde el Museo de la Gaita de Barbadás se llevará a cabo el día 2 de enero a partir de las 17:00 h, un recorrido por las calles de Barbadás, saliendo desde el  edificio del Museo, para ir cantar los Reyes.

Des esta manera se quiere recuperar la tradición oral  de acercar a la vecindad los antiguos cantares de Reyes.

Eventos, Turismo

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07/12/2022

Visita teatralizada en el Museo de la Gaita

Dentro de las actividades de Navidad  del  Ayuntamiento  de Barbadás, tendrá lugar en el Museo de la Gaita, una visita teatralizada donde se podrán percorrer las instalaciones del Museo y conocer el  contenido del mismo.

Al finalizar la visita habrá un concierto de la Banda de Gaitas.

Fecha: miércores 28 de diciembre

Hora: 19:30 h

Entrada: donativo de 1kg de alimentos no perecederos para el Banco de Alimentos

Para inscribirse hay que llamar por teléfono al 988 360 413

Plazo de inscripción: Hasta el 26 de diciembre

Plazas limitadas

 

Eventos, Turismo

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28/11/2022

Taller de dulces de Navidad

En el  Museo de la Gaita de Barbadás , dentro de las actividades de Navidad, se impartirá un Taller de dulces de Navidad dirigido a niños y niñas de 5 a 12 años.

Para poder participar en la actividad cada niño o niña deberá entregar un donativo de 1 kilo para el Banco de alimentos del Ayuntamiento de Barbadás.

Día: viernes 23 de diciembre

Hora: De 16:00 a 20:00 horas

Para inscribirse hay que llamar por teléfono al 988 360 413

Plazo de inscripción: Hasta el 15 de diciembre

Plazas limitadas

Eventos

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25/11/2022

Concurso de decoración de balcones, ventanas y portales de Navidad 2022

Banner Concurso de Balcóns

El Ayuntamiento de Barbadás a través de la Concejalía  de Comercio convoca un nuevo Concurso de decoración de balcones, ventanas y portales de  Navidad 2022.Podrán participar todos los/as vecinos/as del Ayuntamiento de Barbadás, que tengan viviendas con balcones, ventanas o portales que puedan ser decorados.

  • Inscripciones

Las fichas de inscripción se presentarán por registro, en el Ayuntamiento de Barbadás, en la Oficina Municipal de A Valenzá, o a través de la Sede Electrónica desde el 28 de noviembre hasta el 11 de diciembre de 2022 (ambos incluidos).

Con la ficha de inscripción será necesario para formalizar la participación en el concurso enviar una foto del balcón, ventana o portal a la dirección de correo electrónico cet@barbadas.es hasta el día 11 de diciembre de 2022 (incluido), haciendo constar en el  asunto del correo electrónico PARTICIPACIÓN CONCURSO DE BALCONES, VENTANAS Y PORTALES así como el  nombre de la persona participante.

  • Premios

Se establecen los siguientes premios:

1º premio al mejor balcón de 250 €

1º premio a la mejor ventana de 250 €

1º premio al mejor portal de 250 €

  • Votación popular

Se habilitará un formulario donde las personas interesadas podrán votar telemáticamente, entre los días 13 y 19 de diciembre de 2022.

Información detallada en las bases del concurso

Concurso de balcóns

 

Fecha Adjuntos
25/11/2022 Ficha-inscrición-BALCÓNS-NADAL-2022-autoeditable PDF [599 KB]
25/11/2022 Bases concurso Balcones Navidad 2022 PDF [229 KB]

Comercio, Noticias

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25/11/2022

Concurso de escaparates y decoración de Navidad 2022

Inscripciones del 25 de noviembre hasta el 5 de diciembre de 2022

Nadal2022-Concurso de escaparates Concello de Barbadás

El Ayuntamiento de Barbadás a través de la Concejalía de Comercio, convoca el Concurso de Escaparates y Decoración de Navidad con el objetivo de fomentar la colaboración ciudadana en la decoración y embellecimiento de la villa durante la temporada de navidad 2022-2023, haciendo partícipes de la imagen de Barbadás a los comerciantes y a la hostelería.

  • Inscripciones

Desde el 25 de noviembre hasta el 5 de diciembre de 2022 (ambos incluidos)

Los impresos debidamente cubiertos se presentarán por registro, en el Ayuntamiento de Barbadás, en la Oficina Municipal de A Valenzá, o a través de la Sede Electrónica

Una vez presentada la hoja de inscripción es necesario para formalizar la participación en el concurso enviar una foto del escaparate o decoración interior, en su caso, a la dirección de correo electrónico cet@barbadas.es hasta el día 5 de diciembre de 2022 (incluido).

  • Premios

Se establecen los siguientes premios:

Premios del jurado profesional:

1º premio escaparate de establecimiento comercial de 300€.

2º premio escaparate de establecimiento comercial de 200€.

1º premio escaparate de establecimiento de hostelería de 300€.

2º premio escaparate de establecimiento de hostelería de 200€.

Premios de la votación popular:

1º premio escaparate de establecimiento comercial de 300€.

2º premio escaparate de establecimiento comercial de 200€.

1º premio escaparate de establecimiento de hostelería de 300€.

2º premio escaparate de establecimiento de hostelería de 200€.

  • Jurado  profesional:

La Asociación Centro Comercial Aberto de A Valenzá nombrará tres representantes que visitarán los establecimientos participantes y valorarán conforme a los criterios expuestos en las bases del concurso.

 

  • Votación popular:

Se habilitará  un formulario donde las personas interesadas podrán votar telemáticamente, entre los días 9 y 19  de diciembre de 2022.

Información detallada en las Bases do Concurso.

Fecha Adjuntos
25/11/2022 Bases concurso escaparates Navidad 2022 PDF [226 KB]
25/11/2022 Ficha-inscrición-ESCAPARATES-2022_autoeditable PDF [341 KB]

Comercio, Noticias

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25/10/2022

Bonos Activa Comercio

Desde el día 24 de octubre y hasta el día 31 de diciembre de 2022 están disponibles los Bonos Activa Comercio 2022.

Cada cliente dispondrá como máximo de un bono descuento por un importe de 30€ que podrá descontar en función del crédito disponible en los distintos establecimientos comerciales adheridos y que estarán identificados con el distintivo de la campaña.

El sistema funciona a través de una aplicación móvil y el importe de cada bono se irá consumiendo en función del valor de la compra.

Puedes descargar tu bono desde este enlace   https://www.bonosactivacomercio.gal/

Se establecen tres tramos de gasto en los que se aplicarán los descuentos:

Comercio, Noticias

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24/10/2022

Tarde de Halloween en el Museo de la Gaita de Barbadás

El Museo de la Gaita de Barbadás acogerá este domingo 30 de octubre una “Tarde de Halloween”.

A las 16:30 h tendrá lugar un taller de manualidades de Halloween

A las  18:30 tendremos el espectáculo de Brais das Hortas ” Contos para Caghar Patatillas”

Estas actividades son abiertas a todos los niños y niñas, sin límite de edad,  y  podrán venir disfrazados.

Las plazas son limitadas por razones de aforo.

El plazo de inscripción está abierto hasta el vieres 28 de octubre a las 14:00 horas.

Para inscribirse hay que llamar al 988 360 413

Eventos

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17/10/2022

Curso de poda e injerta de frutales y vides

La Oficina Agraria Comarcal de Ourense organiza una acción de formación profesional y adquisición de competencias sobre poda e injerta de frutales y vides.

Destinatarios: Personas vinculadas profesionalmente con los sectores productivos relacionados con la agricultura, ganadería, industria agroalimentaria y cadena forestal-madera, o con expectativa de incorporación, en especial jóvenes del medio rural gallego.

Fechas: Del 14 al 21 de noviembre

Horas: De 16:00 a 20:00 h

Instalaciones: Centro Empresarial Transfronteirizo de Barbadás

Inscripciones hasta el día 10 de noviembre en el  siguiente enlace:

https://foagro.xunta.gal/foagro/inscripcion/publica/accionsFormativas

Para más información pueden llamar al 988 360 413

 

Fecha Adjuntos
17/10/2022 CURSO PODA BARBADÁS PDF [338 KB]

Cursos, Promoción económica

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11/10/2022

Programa bonos Activa comercio

De nuevo la  Xunta de Galicia, en colaboración con la Federación Galega de Comercio y las Asociaciones Provinciales, ponen en circulación el programa de bonos Activa comercio.

El plazo de adhesión de los comerciantes a esta campaña estará abierto desde el 13 de octubre hasta el 30 de noviembre.

Cada cliente dispondrá como máximo de un bono descunto por un importe de 30€ que podrá ir descontando en los distintos establecimientos comerciales adheridos y que estarán identificados con el  distintivo de la campaña.

Se establecen tres tramos de gasto en los que se aplicarán descuentos:

Fecha Adjuntos
11/10/2022 Bonos Activa comercio PDF [543 KB]

Comercio, Noticias

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30/09/2022

Convocatoria subvenciones Xempre Emprendemento

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad del  29 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones Xempre Emprendemento para apoyar iniciativas de emprendimiento, y se procede a su convocatoria para la anualidad de 2022 (código de procedimiento TR880A).

 Personas, entidades beneficiarias y requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, y las sociedades cooperativas y laborales , que se encuentren de alta e iniciasen su actividad económica desde el 1 de enero de 2020

Las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en Galicia.

b) Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Haber presentado, en su caso, las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas, según corresponda a su forma jurídica.

d) Tener iniciada su actividad económica en el período que transcurre entre el 1 de enero de 2020 hasta la fecha de presentación de la solicitud.

e) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

f) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para obtener subvenciones.

g) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

 Objeto

La finalidad es facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica, y su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada y pagada entre el 1 de enero de 2022 hasta la fecha de la presentación de la solicitud (código de procedimiento TR880A).

 Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 13.00 horas del 4 de octubre de 2022 y será de un mes (teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición final segunda), salvo que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fecha Adjuntos
30/09/2022 Subvenciones Xempre Emprendemento PDF [1.000 KB]

Noticias, Promoción económica

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