11/12/2023
Programa de promoción de la actividad deportiva en edad escolar a través del Bono Deporte

El Diario Oficial de Galicia publica la Orden de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia Justicia y Deportes, del 5 de de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de promoción de la actividad deportiva en edad escolar a través del Bono deporte, se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2024 y se abre el plazo para la adhesión de los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios deportivos.
-Personas beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Bono deporte el padre o madre, tutor/a o persona que tenga en acogimiento familiar o guardia con fines adoptivos a un menor con edad comprendida entre los 6 y los 16 años en el momento de la solicitud, federado o inscrito en el programa Xogade, y que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5 de las bases reguladoras.
El identificador Xogade o el número de licencia deportiva federada del menor con edad comprendida entre los 6 y los 16 años deberá estar emitida durante 2023, y el menor deberá continuar en el programa Xogade o tener licencia deportiva federada en el momento de la descarga del bono.
2. Las ayudas se entenderán preconcedidas con la descarga de los bonos por las personas beneficiarias.
-Actividad subvencionable
Por medio de esta orden se subvenciona la compra de material y equipamiento deportivo para el menor, así como la contratación de servicios relacionados con la práctica de la actividad deportiva, entendiéndose expresamente incluida entre estos servicios la cuota de clubes deportivos, a través del Bono deporte y en los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios de Galicia adheridos al programa, según lo establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras y en las condiciones y fechas fijadas en las mismas.
Fecha de descarga de los bonos
Los bonos estarán disponibles en la web www.bonodeporte.gal para su descarga por las personas usuarias desde el 8 de enero de 2024 al 29 de febrero de ese año. No obstante, si antes del 29 de febrero de 2024 se agota el crédito máximo fijado en esta orden, en ese momento finalizaría el plazo de descarga, y se procederá de acuerdo con el artículo 32 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.
Alta de los establecimientos adheridos al programa
Los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios que deseen adherirse al programa Bono deporte deberán registrarse en la web www.bonodeporte.gal
El plazo para adherirse al programa será desde el día 12 de diciembre de 2023 hasta el 30 de diciembre de 2023, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Podrán adherirse al programa Bono deporte los establecimientos comerciales, entidades deportivas y prestadores de servicios que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10.3 de las bases reguladoras.
-Importe
Para la concesión de estas ayudas se destinarán 16.120.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05.02.441A.480.2 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024.
Cada bono tendrá un valor de 120 € y tendrá la consideración de bono descuento del 80 % de la compra o servicio adquirido. El importe del bono se irá reduciendo en función del valor de la compra realizada, IVA incluido. Se podrá usar cada bono hasta su agotamiento y durante el plazo de validez establecido en el artículo 16.3 de las bases reguladoras (desde su descarga hasta el 1 de julio de 2024, salvo agotamiento previo de su saldo)
Fecha | Adjuntos |
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11/12/2023 | Programa Bono Deporte 2024 PDF [439 KB] |