* Tarjeta estacionamento:
Se le concederá a las personas con graves problemas de movilidad que tengan reconocida la imposibilidad de uso del transporte público por los equipos de valoración y orientación (EVO), como documento acreditativo de su situación, con carácter personal e intransferible, con la finalidad de favorecer el uso y disfrute de los transportes privados, facilitando su estacionamiento.
Cuando el titular sea una persona física podrá utilizarla en cualquier vehículo en que se traslade, sea o no de su propiedad y sea el titular de la tarjeta el conductor del vehículo o no.
Cuando el titular de la tarjeta sea una persona jurídica deberá incluir la/las matrículas de los vehículos habilitados para transportar a las personas con graves problemas de movilidad.
Cuando se haga uso de los derechos que otorga esta tarjeta se colocará en un lugar visible del vehículo.
* Tarjeta accesibilidad:
Se concederá a las personas con alguna limitación y tengan reconocido la minusvalía el EVO, con carácter personal e intransferible, como documento acreditativo de la sua situación de discapacidad, para favorecer el uso y disfrute de los transportes públicos.
–Documentación:
–Solicitud
-Fotocopia del DNI
-Fotocopia del certificado de minusvalía do E.V.O
-Normativa:
Decreto 35/2000, del 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOG en º 41, del 29/02/2000).